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Seguimos sin jubilación parcial para personal laboral de la CM

Aunque no estaba previsto en el orden del día de la reunión de ayer, 25 de noviembre, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, de nuevo, se abordó el debate sobre la situación de la jubilación parcial del personal laboral, impulsado por algunas organizaciones sindicales que, más bien, tratan de ocultar decisiones sindicales reprobables.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, tal y como ya os hemos informado en ocasiones anteriores, directos y sin tapujos, hemos reiterado nuestra posición en la reunión de ayer que, de nuevo, reproducimos y hacemos pública, señalando la razón por la que la jubilación parcial es, a día de hoy, imposible para más de un millón de trabajadores laborales de las Administraciones públicas.

  1. En primer lugar y como origen de todo, el 31 de julio de 2024, el Ministerio de Trabajo y los llamados agentes sociales (CEOE, CEPYME, CCOO y UGT), firman una nueva regulación de la jubilación parcial y del contrato de relevo.
  2. La nueva regulación de la jubilación parcial se lleva a la legislación a través del Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre de 2024, vigente desde el 1 de abril de 2025 y desde esta fecha en la Comunidad de Madrid no se facilitan los contratos de relevo y, por consiguiente, se acabó la jubilación parcial.
  3. En concreto, se establece que el trabajador relevista tendrá que ser mediante contratación indefinida y a tiempo completo en un puesto no amortizable. De manera que, considerando los requisitos legales para el acceso al empleo público, la nueva regulación del contrato de relevo no se puede cumplir en las Administraciones Públicas sin un proceso selectivo.
  4. Por último, vino la ocurrencia de aprobar una OEP específica para contratos de relevo que permita atender las solicitudes de jubilación parcial, pero teniendo en cuenta que se necesita autorización del Estado, que sea negociada, publicada, convocada y resolver los correspondientes procesos selectivos; es decir, 2 años o más hasta estar disponible el trabajador relevista, el invento no sirve para nada.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, tal y como ya reivindicamos ante el Estado y exigimos a los agentes sociales, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT, causantes del problema al ser los firmantes de un acuerdo que liquida la expectativas de jubilación parcial de tantas trabajadoras y trabajadores de las Administraciones Públicas, consideramos que la única vía es que habiliten una solución rápida para que no se siga lesionando los intereses del personal laboral de las Administraciones Públicas, y en concreto, del de la Comunidad de Madrid.

La solución solo puede pasar, para que sea efectiva cuanto antes, por una moratoria para las Administraciones Públicas en la aplicación del Real Decreto-Ley 11/2024.

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