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AMAS 16/06/26

Inspección de Trabajo da la razón a CSIT UNIÓN PROFESIONAL sobre la alternancia de fines de semana del personal temporal de la AMAS

Desde el Área de Servicios Sociales de CSIT UNIÓN PROFESIONAL informamos a la plantilla de los centros de la AMAS de que la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid ha dado la razón al planteamiento defendido por nuestra Organización Sindical respecto al derecho del personal contratado mediante contratos por circunstancias de la producción (CP) a disfrutar de la alternancia de fines de semana, en igualdad de condiciones con el resto de la plantilla.

La respuesta de la Inspección llega después de las denuncias presentadas en centros de la Agencia Madrileña de Atención Social, ante la planificación aplicada al personal temporal durante el periodo estival de 2025. En concreto, se ha pronunciado sobre la situación detectada en la Residencia de Mayores Reina Sofía y en la Residencia de Mayores Colmenar Viejo, confirmando el criterio defendido por CSIT UNIÓN PROFESIONAL.

Según recoge la documentación remitida por la Inspección, respecto al personal contratado mediante contratos por CP durante el verano de 2025, no se garantizó plenamente la alternancia de fines de semana prevista en el artículo 103 del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid 2025-2028.

Como consecuencia de los hechos constatados, la Inspección de Trabajo ha requerido a la Agencia Madrileña de Atención Social para que garantice el cumplimiento íntegro de dicho artículo, asegurando la alternancia de fines de semana para la totalidad del personal afectado, incluido el personal temporal.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que esta situación ya fue advertida durante el verano de 2025, cuando denunciamos que en distintos centros de la AMAS se estaban aplicando condiciones diferentes al personal eventual contratado por circunstancias de la producción, generando una diferencia de trato injustificada respecto al personal fijo. Además, esta cuestión fue tratada por CSIT UNIÓN PROFESIONAL en la Comisión Paritaria de 25 de septiembre de 2025 y quedó recogida en el Acta 11/2025, en la que consta que “la representante de la DGFP finalmente señala que el descanso semanal se ha de cumplir, aunque como indica el propio convenio colectivo, su disfrute en fines de semana y festivos es a lo que se debería tender en aquellos servicios en los que así sea posible”. De ello se desprende que no debe existir discriminación por la vinculación laboral de los trabajadores y trabajadoras.

Este pronunciamiento resulta especialmente relevante porque llega antes de la elaboración de las planillas del verano de 2026. Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL exigimos a la AMAS y a las direcciones de los centros que apliquen el criterio marcado por la Inspección de Trabajo desde el inicio de la planificación y recordamos que:

La alternancia de fines de semana y festivos no puede quedar al criterio arbitrario de cada dirección o mando intermedio.

El personal temporal no puede ser discriminado por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada.

La AMAS debe garantizar el cumplimiento del artículo 103 del convenio para todo el personal afectado, incluido el personal temporal.

Desde el Área de Servicios Sociales de CSIT UNIÓN PROFESIONAL estaremos vigilantes para que las planillas del periodo estival de 2026 respeten la alternancia de fines de semana y festivos para todo el personal afectado. En caso de detectarse nuevos incumplimientos, actuaremos nuevamente ante los órganos correspondientes para exigir el cumplimiento de la normativa vigente y defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras de la AMAS.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL seguirá defendiendo el cumplimiento del convenio, la igualdad de trato y los derechos del personal de la Agencia Madrileña de Atención Social.

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