CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa que en la reunión de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Control, Desarrollo e Interpretación del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, para el período 2025-2028, del pasado jueves, 22 de mayo de 2025, se plantea el debate sobre la función de los Técnicos Agropecuarios de manejo y conducción de vehículos y maquinaria agrícola:
Sostiene la Administración, Gerencia del IMIDRA y D. G. de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, que el manejo y conducción de vehículos y maquinaria agrícola sí encaja y es parte de las funciones propias de los Técnicos Agropecuarios, porque, según afirma:
Tras la exposición de la Administración, UGT plantea que conoce el acuerdo de la gerencia del IMIDRA con el Comité de Empresa, que faltan evaluaciones de riesgo a este respecto; que entiende lo planteado y se dan por satisfechos con la explicación. CSIT UNIÓN PROFESIONAL insiste en conocer también el acuerdo con el Comité de Empresa que respetamos, pero no obstante, planteamos que no se puede perder de vista la condición de empleado público y el servicio público que se desarrolla en el IMIDRA, desde este punto de vista, existe una responsabilidad en el desarrollo de las funciones que no puede obviarse, por lo cual, concluimos que no todo el personal Técnico Agropecuario está habilitado para conducir tractores y maquinaria agrícola, por ello, se debería considerar incluir este requisito en las convocatorias de acceso y provisión de estos puestos.
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