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CSIT Informa

Informamos de los cambios normativos derivados del RDL 6/2023 en la Admón. de Justicia y Función Pública

El BOE del 20 de diciembre de 2023 recoge los siguientes aspectos del Real decreto ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban dichas medidas urgentes en materia de servicio publico y de las que CSIT UNIÓN PROFESIONAL destaca:

JUSTICIA

La reforma de la Administración de Justicia para la digitalización y agilización de procesos, establece los criterios para el establecimiento y funcionamiento de:
  • Las sedes judiciales electrónicas.
  • La Carpeta de justicia (para que cada ciudadano consulte sus expedientes).
  • El punto de acceso general.
  • Qué condiciones deben cumplir esos expedientes judiciales electrónicos.
Antes de que todos los procesos sean online, marca 20 días o tres meses, según el apartado, para su entrada en vigor y cinco años para que los datos estén disponibles entre administraciones. Asimismo marca noviembre de 2025 como plazo para que las comunidades autónomas adapten sus sistemas. 
Las nuevas reglas afectarán solo a los procesos que arranquen después de su entrada en vigor, no a los que estén en trámite ahora mismo.
La presentación de escritos ante la justicia deberá ser siempre online, excepto en personas no obligadas a relacionarse de ese modo y que no cuenten con procurador.
Se regula, aunque de forma somera, el uso de aplicaciones y algoritmos en la administración de justicia: solo se podrán poner en marcha actuaciones automatizadas, sin que medie un ser humano, en procesos “de trámite o resolutorias simples” (el paginado, el archivo de un expediente o la declaración de firmeza de una decisión, por ejemplo, pero deja abierta la posibilidad de incluir otras).

FUNCIÓN PÚBLICA 

  • Reforma el acceso, la carrera y la evaluación de los empleados públicos:
  • Establece la necesidad de implantar planes estratégicos de recursos humanos, que serán previamente negociados con los sindicatos representativos. 
  • Las convocatorias que surjan de cada Oferta de Empleo Público han de publicarse en el mismo año natural y ejecutarse, como máximo, en dos años.
  • Establece la evaluación por desempeño, nuevo sistema pendiente de desarrollar, relacionado con las retribuciones variables y el progreso en la carrera profesional, como criterio de provisión de puestos.
  • Regula la figura del directivo público profesional (libre designación-A1), estableciendo que los subdirectores generales solo podrán ser funcionarios, o jubilados que lo hayan sido. Para directores generales, como hasta ahora, se podrá aprobar, justificándolo, que el cargo lo ocupe una persona ajena a la administración pública.

Puedes ampliar información, pinchando AQUÍ.

DESGRAVAR DONACIONES

La nueva norma amplía las cantidades a desgravar en la declaración de la renta por donaciones a entidades sin ánimo de lucro incluidas en mecenazgo. Hasta ahora, los primeros 150 euros desgravaban un 80%. A partir del 1 de enero, hasta 250 euros se podrá desgravar ese 
80% y el resto de las cantidades donadas, sube, a un 40%. Las donaciones recurrentes que se mantengan o suban, a una misma entidad, suben al 45%.

Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

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