Asuntos tratados en la reunión de la Comisión Paritaria del 15/7/2021
CSIT UNIÓN PROFESIONAL os resume los puntos que tratamos ayer jueves, 15 de julio, en la reunión mensual de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para el personal laboral y que consideramos de mayor interés:
CóMO TRAMITAR LA JUBILACIÓN PARCIAl para EL personal laboral ubicados DE puestos de carrera
Ante la situación de duda e incertidumbre del personal laboral que ocupa puestos de carrera para ejercer el derecho de jubilación parcial por las características intrínsecas del puesto, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL proponemos y solicitamos que la Comisión Paritaria intervenga para clarificar e informar sobre cómo han de proceder. Tras la intervención de CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el pertinente debate, se concluye que las personas que deseen optar por una jubilación parcial y así lo soliciten, serán adscritas por su servicios de personal a un puesto vacante de su categoría profesional de adscripción, desde el que se pueda acceder a dicha jubilación, cesando por tanto en el puesto de carrera que ocupa. Este nuevo puesto que se oferta vacante se intentará que se encuentre en el mismo centro o en uno lo más cercano posible al domicilio habitual. De todo ello se informará al interesado para que valore si continúa con su petición de jubilación parcial.
CAMBIO DE TURNO VOLUNTARIO EN EL CENTRO DE TRABAJO PARA EL Personal interino vinculado a establización
En vista del acuerdo al que se había llegado en reunión de Comisión Paritaria anterior, y ante el planteamiento y propuesta de CSIT UNIÓN PROFESIONAL sobre el derecho del personal interino vinculado a procesos extraordinarios de Estabilización de empleo a participar en las convocatorias de cambio de turno voluntario dentro del mismo centro de trabajo, se concluye que, efectivamente, no se puede limitar ese derecho, de manera que los puestos que queden vacantes sin derecho de reserva, aun vinculados a la consolidación de empleo, deben ofertarse a cambio de turno voluntario en el mismo centro de trabajo y, asimismo, el personal interino que ocupe un puesto de trabajo vinculado a la estabilización de empleo, puede presentarse a las correspondientes convocatorias.
No obstante, la Administración pospone la respuesta en tanto llevan a cabo la pertinente consulta a la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección, sin olvidar que, ante una vacante sin derecho de reserva, el Convenio Colectivo es tajante al especificar que en primer lugar debe ser ofertado para un posible cambio de turno, antes de ser cubierto por interino. La respuesta que se reciba al respecto no conllevará la retroactividad de las convocatorias que ya se hayan realizado.
categorías de auxiliar de hostelería a extingur en reingreso provisional
CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicita a la comisión Paritaria que clarifique la situación de ciertas circunstancias específicas y, en concreto, del personal Auxiliar de Hostelería a extinguir, que no ha solicitado integración en la nueva categoría de personal Auxiliar de Servicios y por tanto, aun estando obligados a participar en el Concurso de Traslados por encontrarse en adscripción provisional, no lo han podido hacer porque no se lo permitían las bases de convocatoria y se han quedado fuera del correspondiente concurso de traslados. La Administración aclara que está buscando solución, uno a uno, a los pocos casos individuales que se están encontrando, al objeto de ofertar a este personal un puesto para su adscripción definitiva de la categoría a la que pertenecen con las características necesarias para su correcto desempeño, algo que corresponde y en lo que ya está trabajando cada servicio de personal.
corregir DATOS ERRÓNEOS en sirius
Al realizar la gestión y tramitación de los concursos de traslados, ha aflorado que los datos que tiene la Administración de algunos empleados públicos no son totalmente correctos o están incompletos. CSIT UNIÓN PROFESIONAL requiere que se establezca un procedimiento de subsanación en los datos de SIRIUS. La Administración considera aconsejable que ese personal proceda a comprobar los datos que la Administración tiene de ellos a través del sistema ASES, y que soliciten a su Gestor de Personal que arregle aquellas discrepancias que puedan encontrarse. En todo caso, se ha requerido información a la Dirección General de Recursos Humanos, por tanto, la cuestión, para su resolución definitiva, se pospone a la convocatoria de la próxima sesión de la Comisión Paritaria.
funciones tcae - auxiliar de servicios RESPECTO A LAS CAMAS DE LAS RESIDENCIAS
Tal y como ya acordamos en la Comisión Paritaria de junio, revisamos las alegaciones y discrepancias planteadas por CSIT UNIÓN PROFESIONAL y CCOO y, tras el debate pertinente, concluimos en el siguiente acuerdo de informe a remitir al Juzgado:
- Las camas en las residencias de mayores no pueden denominarse “cama hospitalaria” y a efectos de determinar a qué categoría corresponde hacerlas, de acuerdo con lo que recoge el Convenio Colectivo actual, el tipo de cama, al no especificarse articulada o no, es irrelevante.
- Las camas de la zona de enfermería y aquellas de otras zonas de la residencia que tengan al usuario encamado la mayor parte del día por prescripción médica, las debe realizar el personal TCAE.
- Las camas que no tengan al usuario encamado, excepto las de la zona de enfermería, corresponderá al personal Auxiliar de Servicios y, en su caso, a la categoría de Auxiliar de Hostelería declarada “a extinguir”.
oTROS asuntos
Sobre los errores detectados en el articulado del Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024),al igual que los referidos al Acuerdo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (2021-2024), se posponen a una reunión específica en septiembre, previa remisión de las inexactitudes advertidas, por parte de todas las organizaciones sindicales. El tratamiento del resto de los puntos planteados se emplazan para la próxima reunión de esta Comisión Paritaria, el próximo 16 de septiembre.