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Aclaraciones sobre los criterios generales de Estabilización publicados en el BOCM del 11 de mayo de 2021

El BOCM ha publicado los criterios generales (no las bases generales), que regirán las convocatorias del Proceso Extraordinario de Estabilización de empleo temporal de personal funcionario y laboral de la Administración de la CM.

Esta publicación en el BOCM de 11/5/2021 refleja los acuerdos firmados por CCOO, UGT y CSIF y rechazados por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, el 11 de febrero de 2020, tal y como os informamosDichos acuerdos que CSIT UNIÓN PROFESIONAL no firmó, establecen los criterios selectivos que con carácter general se aplicarán a los Procesos de Estabilización de Empleo, de Promoción Interna para personal funcionario y de Funcionarización de personal laboral, procesos que se regirán respectivamente por unas bases que aún no han sido publicadas. 

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos por enésima vez que, haciendo bandera de la independencia que caracteriza a nuestra Organización, rechazamos y no firmamos los criterios generales aplicables a los procesos selectivos de estabilización de empleo, a la promoción interna y a la funcionarización, que firmaron CCOO, UGT y CSIF porque, como os hemos ido informando, no defendían los intereses generales del personal interino, temporal, funcionarios de carrera o laborales fijos que aspiran a funcionarizarse.

Esa independencia nos permite discrepar de la Dirección General de la Función Pública de la CM y del resto de Organizaciones y, como este fue el caso, NO FIRMAR un acuerdo que no favorecía a estos colectivos. A cada sindicato se le han de exigir responsabilidades por sus actos y CSIT UNIÓN PROFESIONAL no puede admitir que se le juzgue por los acuerdos que, como en este caso, ha rechazado en el foro de negociación pertinente y, de manera consecuente, no ha firmado.   

CSIT UNIÓN PROFESIONAL lamenta que la Consejería de Hacienda y Función Pública de la CM, no haya sido transparente en la publicación de la Orden en el BOCM, al ocultar los actores que alcanzaron dicho acuerdo y no especificarlo de forma expresa. Esta falta de transparencia, nos obliga a aclarar que CSIT UNIÓN PROFESIONAL no es corresponsable de la publicación de una Orden que deviene de un acuerdo que esta Organización Sindical ha rechazado Y NO HA FIRMADO.

En definitiva, CSIT UNIÓN PROFESIONAL quiere manifestar que, mediante la publicación de estos criterios generales, la Comunidad de Madrid convierte en Orden y formaliza unos acuerdos nefastos que van en detrimento de los intereses de su personal temporal, de sus funcionarios de carrera y de su personal laboral fijo que ocupa puestos funcionarizables, además de echar por tierra la defensa de los intereses sociales, económicos y profesionales de los empleados públicos de esta Administración. 


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