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AMAS 27/04/26

CSIT UNIÓN PROFESIONAL denuncia la falta de transparencia de la AMAS en la aplicación del complemento de funciones asistenciales

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, resumimos los principales asuntos abordados en las reuniones de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, celebradas en marzo y abril, que afectan al personal de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y a los trabajadores de la AMAS.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha puesto de manifiesto en la Comisión Paritaria la falta de transparencia y la parcialidad de la Gerencia de la AMAS en la interpretación del complemento de funciones asistenciales, recogido en el artículo 180 y el artículo 171, relativo a las retribuciones de los puestos de carrera del Convenio Colectivo. Esta situación se produce después de que, ya en el mes de febrero, CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicitara información directamente a la Gerencia de la AMAS sobre la nueva aplicación de este complemento, sin obtener respuesta, lo que obligó a trasladar esta cuestión a la Comisión Paritaria celebrada el 26 de marzo, tal y como informamos.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicita que se amplíe el abono de este complemento al personal de atención directa que realiza funciones asistenciales, así como a los trabajadores que desarrollan Puestos de Carrera de Selección Objetiva (SO), con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.

Una aplicación desigual del complemento

CSIT UNIÓN PROFESIONAL trasladó a la Comisión Paritaria el cambio producido en la aplicación del complemento, que pasa de calcularse sobre el 5 % del salario base de la categoría al 5 % del salario base del puesto de carreraLa Administración reconoció que este cambio corresponde a la interpretación del nuevo Convenio Colectivo 2025-2028 y que se emitirán instrucciones para su aplicación con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025Sin embargo, denunciamos que la nueva interpretación está generando una situación discriminatoria, al reconocerse el complemento a determinados puestos de carrera de libre designación (coordinadores, directores o JATAs), independientemente de su categoría, mientras otros trabajadores que también realizan funciones asistenciales continúan sin percibirlo. Además, esta cuestión afecta también a personal de la propia Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, no solo a centros de la AMAS.

Tras el debate en la Comisión Paritaria, la Administración no ofreció una justificación clara, quedando este asunto pendiente de aclaración.

La Administración no prevé extender el pago

En la Comisión Paritaria celebrada el 23 de abril, la Administración informa que el Gerente de la AMAS ha publicado una resolución en la que se catalogan los puestos de carrera de libre designación que perciben el complemento de funciones asistenciales, documento que CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicitaba en la propia reunión y que aún no ha sido facilitadoTanto la AMAS como la Dirección General de Función Pública indican que no se va a hacer extensivo el pago del complemento a otras categorías profesionales.

Desde el Área de Servicios Sociales de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, no compartimos en absoluto esta postura y entendemos que, con la interpretación realizada por la Administración, se abre una nueva vía para reclamar que perciban este complemento aquellas categorías profesionales que, en su día a día, realizan funciones asistenciales, como Educadores de Discapacidad, Titulados Medios Educadores y puestos de carrera de Selección Objetiva (SO), así como otras categorías del Área D que desarrollan funciones asistenciales en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y que actualmente no lo perciben.

Esta reivindicación cobra ahora más fuerza: desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, consideramos que el abono de este complemento debe reconocerse a los colectivos anteriormente mencionados, por tratarse de una reivindicación justa, necesaria y no discriminatoria. Por ello, valoraremos abrir todas las vías necesarias para defender esta reclamación y exigir una aplicación transparente, objetiva y equitativa del complemento de funciones asistenciales.

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