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AMAS 28/01/26

Asuntos tratados en la Comisión Paritaria que afectan al personal de la Consejería de Familia y la AMAS

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, os resumimos los asuntos del Orden del día de la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, celebrada el 22 de enero, que afectan al personal de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, así como a los trabajadores de la AMAS.

  • La Administración, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, propone un plus de actividad para los directores de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad y para el personal de las categorías de titulado superior (especialidad Medicina) y titulado medio (especialidad Fisioterapia) de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad, adscritos a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL compartimos la filosofía general y entendemos que no se puede mantener un retraso de dos años en la elaboración de un informe de valoración de discapacidad.

No obstante, consideramos que, tal y como está planteado el plus de actividad, se excluye a trabajadores de los centros (como el personal auxiliar administrativo laboral a extinguir y psicólogos, entre otros). Entendemos que la carga de trabajo afecta a todo el personal, por lo que este plus debería aplicarse a todos los trabajadores y trabajadoras de todos los Centros Base, incluido el n.º 10 (CRECOVI).

Asimismo, entendemos que la cuantía del plus es insuficiente por dos motivos. En primer lugar, resulta incluso ridícula si la comparamos con la que percibirán los profesionales que se adhieran al convenio firmado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales con el Ilustre Colegio de Médicos de Madrid, quienes percibirán cuatro veces más por el mismo trabajo. En segundo lugar, al vincularse a la realización de dos horas extras diarias, de lunes a jueves, el valor de la hora extra queda reducido en más de un 50%. Por ello, no compartimos que el plus se vincule a una ampliación de jornada.

También ponemos de manifiesto que, desde la Consejería, no se haya tenido en cuenta (de forma voluntaria y remunerada) a los médicos de la AMAS y de la Dirección General de Dependencia para incluirlos en la formación y en la realización de expedientes, como un recurso propio de la Consejería.

Por todo lo anterior, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha manifestado su NO a la aplicación del plus en los términos planteados por la Administración. El resultado final de la votación fue unánime por parte de todas las OOSS.

  • La AMAS solicita la prórroga de la autorización concedida en 2022 por la Comisión Paritaria del Convenio para cubrir vacantes de “titulado superior especialista, área D, nivel 10” mediante contratos temporales de titulados superiores, área D, nivel 9, y de “diplomado especialista en enfermería, área D, nivel 8” mediante diplomados en enfermería, área D, nivel 7, cuando no se disponga de especialistas de ambas categorías (médicos y diplomados en enfermería, respectivamente).

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL damos un NO a esta prórroga, ya que desde el año 2022 no se ha realizado ni adoptado ninguna medida al respecto. En consecuencia, no se ha corregido de ningún modo el deterioro en la prestación sanitaria de los centros de la AMAS.

Además, en el año 2025 se trasladó en una reunión de la Comisión Paritaria que, si la Gerencia de la AMAS no cambiaba su enfoque en este sentido, no aprobaríamos este tipo de medidas.

  • Derecho del personal laboral, particularmente de AMAS, en situación de encomienda de funciones de categoría superior, a devengar el complemento de carrera profesional horizontal en la cuantía establecida para el correspondiente nivel del grupo profesional de la categoría superior que se desempeña (A propuesta de CSIT UNIÓN PROFESIONAL).

La Administración nos indica que este punto se tratará en la Comisión Mixta de Carrera Profesional Horizontal, que tiene pendiente dar respuesta a varias consejerías y organismos, como es el caso de la AMAS.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicitamos que se convoque dicha comisión y posponemos este punto para su debate en la misma.

  • Derecho del personal laboral de la AMAS al reconocimiento de nuevos trienios cuando se cumples tres, o múltiplo de tres, años de servicio efectivo y al reconocimiento de la antigüedad como personal interino. A efectos de trienios, de acuerdo con los puntos 1 y 2, del artículo 176 del Convenio Colectivo. (A propuesta de CSIT UNIÓN PROFESIONAL). 

CSIT UNIÓN PROFESIONAL expone que, desde abril de 2025, no se está realizando el reconocimiento de oficio de trienios al personal laboral de la AMAS, e insta a la Subdirección General de Personal a solucionar de inmediato esta situación.

Por su parte, la SGP de la AMAS señala que no tiene constancia de solicitudes de reconocimiento de trienios con fechas de efectos tan antiguas como abril de 2025 y solicita que se le remita un listado de las personas que se encuentran a la espera.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL responde que estos hechos ya se han trasladado en las reuniones bimensuales mantenidas con la Gerencia y la SGP de la AMAS y que, a día de hoy, las personas afectadas siguen sin recibir la resolución correspondiente al reconocimiento de sus trienios.

En cumplimiento de lo solicitado, CSIT UNIÓN PROFESIONAL envía el listado actualizado  de los trabajadores de un centro con las personas que a fecha de hoy esperan la resolución de  la Gerencia desde abril de 2025 en adelante y reitera a la SGP de la AMAS la necesidad de resolver esta situación a la mayor brevedad posible, garantizando así el derecho del personal al reconocimiento de sus trienios y de la antigüedad correspondiente, y evitando perjuicios al personal afectado.

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