Urgente: Jubilación Parcial para el personal laboral del ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid
En el día de ayer se publicó en el BOE el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas. No obstante, esta norma ha de ser analizada y convalidada en el plazo de 30 días por el Congreso de los Diputados.
Considerando el estado en el que se encuentra el panorama político, esta norma podría resultar convalidada o no. CSIT UNIÓN PROFESIONAL espera que se convalide, pero podría darse el caso de que no se convalidara y, en consecuencia, decayera y quedara sin efecto alguno.
- TRATAR LA JUBILACIÓN PARCIAL EN C. PARITARIA PARA SU APLICACIÓN AL PERSONAL LABORAL DEL CONVENIO
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos incluido la cuestión para su debate y solución en el orden del día de la próxima reunión de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Control, Desarrollo e Interpretación del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028).
No obstante, CSIT UNIÓN PROFESIONAL recomienda a quienes cumplan los requisitos exigidos por la Seguridad Social (edad, cotización, tiempo de servicio previo en la Comunidad de Madrid, etc.) y estén interesados en jubilarse parcialmente, que soliciten ya la jubilación parcial ante su servicio o unidad de personal. Si se solicitó antes y la solicitud está en suspenso, se recomienda reiterarla durante este próximo mes, al objeto de poder reclamar el derecho en el supuesto de que el Congreso de los Diputados no convalide el Real Decreto-ley.
En el caso de que el Congreso de los Diputados convalide el Real Decreto-ley, la norma se consolidará y, si se cumplen los requisitos exigidos por la Seguridad Social, podrá solicitarse la jubilación parcial en cualquier momento.