Sanidad
07/05/20
Inspección de Trabajo reitera que la Consejería de Sanidad incumple la normativa de protección de la salud de sus profesionales
Inspección de Trabajo concede nuevamente la razón a CSIT UNIÓN PROFESIONAL, confirmando que la Administración sanitaria debe suministrar los bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública de los profesionales sanitarios, incluyendo la adquisición de medios de protección individual (EPIs).
Por ello, este Organismo ha remitido un escrito a la Dirección General de RRHH y RRLL del Servicio Madrileño de Salud poniendo de manifiesto sus obligaciones, como autoridad competente en la gestión de cuestiones sobre prevención de riesgos laborales del personal del ámbito sanitario en la Comunidad de Madrid, relativas a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos laborales, el RD sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud (uso de los EPIs) y el RD sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL se muestra satisfecho por la respuesta de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid a la denuncia presentada por esta Organización Sindical contra el SERMAS, en relación a la falta de equipos de protección individual y técnicos en los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid. La Administración sanitaria ha infringido gravemente las normas básicas de Equipos de Protección recogidas en diversas normativas y procedimientos establecidos para el seguimiento y control de los trabajadores, al no poner a disposición del personal que presta servicios en los centros sanitarios los EPIs adecuados desde el inicio de la pandemia, sin garantizar la protección adecuada a los profesionales ante el Coronavirus.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa que la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid advierte que la totalidad de las actividades y acciones de los ciudadanos se recogen en el Real Decreto del Gobierno Central del 14 de marzo, así como en el Real Decreto Ley sobre medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social por Coronavirus. Asimismo, en su respuesta confirma que las medidas decretadas por el Ministerio de Sanidad son de obligado e inexcusable cumplimiento, y respecto a la Administración sanitaria, ésta ha de asegurar el acato, según recogen diferentes artículos, de las medidas dirigidas a reforzar el SNS, y aquéllas enfocadas para el aseguramiento en el suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, mencionando la adquisición de medios de protección (EPIs).
Asimismo, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social indica que:
- Se ha emitido requerimiento a la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, al objeto de que, de forma inmediata, proceda a adoptar las medidas procedentes para garantizar el derecho a la salud de todos los profesionales que prestan sus servicios en los diferentes centros de Atención Primaria y hospitales de la región.
- Deberá emitirse informe relativo a las medidas adoptadas o en curso de adopción, con calendario de implantación efectiva urgente.