Inicio / CSIT Informa / Sala de Prensa / Detalle

Sala de Prensa

CSIT UNIÓN PROFESIONAL insta a la Comunidad de Madrid a paralizar las convocatorias extraordinarias de estabilización de empleo temporal

CSIT UNIÓN PROFESIONAL insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a dejar en suspenso la planificación de las convocatorias extraordinarias de estabilización de empleo y a paralizar su publicación en el BOCM hasta que se defina el marco legislativo aplicable, para evitar la “discriminación y maltrato profesional” del personal interino de la Administración de la Comunidad de Madrid.

En previsión de los cambios legislativos a los que deberán adaptarse las administraciones públicas, una vez que el Real Decreto- ley de Reducción de la Temporalidad del Empleo culmine su trámite parlamentarioCSIT UNIÓN PROFESIONAL insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a dejar en suspenso la planificación de las convocatorias extraordinarias de estabilización de empleo y a paralizar su publicación en el BOCM hasta que se defina el marco legislativo aplicable, para evitar la “discriminación y maltrato profesional” del personal interino de la Administración de la Comunidad de Madrid, que lleva desempeñando su puesto más de 10, 15 y 20 años. 

Con el objetivo de no perjudicar al personal interino que acumula tanta experiencia en esta administración, CSIT UNIÓN PROFESIONAL considera que el Gobierno regional debería dar por superado y resuelto el acuerdo de los criterios generales que estableció hace un par de meses para los procesos de estabilización de empleo en la Administración de la Comunidad de Madrid, por su incompatibilidad con el nuevo marco legislativo y, en consecuencia, abrir un nuevo proceso de negociación con los sindicatos para adoptar criterios selectivos que regirán los procesos extraordinarios de estabilización de empleo, basados en el nuevo Decreto-ley que se acaba de convalidar y en la regulación de la norma que, finalmente, apruebe el parlamento estatal.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL denuncia que el personal interino de la Administración de la Comunidad de Madrid, hasta ahora, es objeto de un trato legislativo de los procesos selectivos para consolidar su empleo, distinto y menos favorable, que el personal interino de las demás Administraciones Públicas. Este trato desfavorable se plasma en los criterios generales establecidos en la Orden del 11 de mayo de 2021 (BOCM), que regirán los procesos selectivos extraordinarios para la estabilización del empleo temporal en la Administración de la Comunidad de Madrid. Criterios pactados con CCOO, UGT y CSIF, y rechazados por CSIT UNIÓN PROFESIONAL que votó en contra de los mismos.

Con la publicación de dicha Orden, la Comunidad de Madrid se convertía en la única de las grandes Administraciones Públicas, con un alto nivel de temporalidad (en la actualidad, por encima del 30% de su personal), en cuyo sistema selectivo de concurso-oposición, la fase de oposición es eliminatoria, y en la fase de concurso, no se otorga mayor valor a la experiencia adquirida por el personal interino en su propio ámbito frente a la adquirida en el ámbito de otra Administración Pública. Tampoco valora el tiempo de desempeño de los puestos de trabajo que son objeto de convocatoria. Esta falta de valoración, producirá un “efecto llamada”, dando una doble oportunidad al interino de otras Administraciones Públicas, obligando al personal interino de la Admón. de la CM a competir con todos ellos -en torno a 800 mil en toda España- por su propio puesto de trabajo. Además, con este sistema, la Comunidad de Madrid facilita la obtención de dos puestos y, en consecuencia, las múltiples solicitudes de excedencias por incompatibilidad, que le imposibilitarán llegar al objetivo del 8% máximo de temporalidad y, con ello, la Administración autonómica se verá obligada a abonar a las indemnizaciones de 20 días por año.


Etiquetas:

Relacionados:

(8 Archivos)