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CSIT UNIÓN PROFESIONAL participa en un estudio de la Unión Europea sobre trabajadores de atención domiciliaria a personas mayores dependientes

Para continuar con la defensa por los derechos de los trabajadores desplazados. CSIT UNIÓN PROFESIONAL participa en la ciudad de Cracovia (Polonia), junto con otras Organizaciones Sindicales y Asociaciones Empresariales de varios Estados europeos y el Ministerio de Sanidad de Serbia, en una jornada sobre la situación de los trabajadores desplazados desde distintos Estados de la Unión Europea en materia de sanidad y atención domiciliaria a personas mayores y dependientes, enmarcada en el Proyecto de la UE “CAREurope”.

A través de este proyecto, CSIT UNIÓN PROFESIONAL pretende fomentar la cooperación administrativa transnacional entre los interlocutores sociales de la UE y los países candidatos y garantizar mejores perspectivas de información para todos los trabajadores desplazados en el sector de la atención.

Según la Directiva 96/71/UE, los trabajadores desplazados son aquellos que “durante un período de tiempo limitado, realizan su trabajo en el territorio de un Estado miembro distinto de aquel en el que ejercen normalmente su actividad”. Diferentes normativas europeas garantizan a éstos unas condiciones de empleo (retributivas, tiempos de trabajo y descanso, vacaciones, prestaciones sociales, cotizaciones a la Seguridad Social…) en igualdad de condiciones que a los trabajadores del ámbito nacional donde van a ejercer su profesión durante ese desplazamiento. En el conjunto de la UE, el número de trabajadores desplazados se sitúa, de acuerdo con los últimos datos oficiales, en más de 2,3 millones de trabajadores; de los cuales, España desplaza a 147.424 trabajadores y recibe 52.353 (en torno al 10% pertenecen al sector de Sanidad y atención a personas mayores y dependientes).

Durante la jornada de trabajo se repasó la actual normativa de la Unión Europea que rige este tema, analizando las diversas situaciones de discriminación que sufren estos trabajadores desplazados al no cumplirse, en toda su extensión, la equiparación de derechos en sus tiempos de desplazamiento. Además, se ha detectado que, independientemente de los números oficiales contrastados, en este sector profesional existe un gran número de trabajo sumergido, con contrataciones directas por parte de las familias y sobre trabajadores inmigrantes que, en muchos casos, no disfrutan de condiciones de trabajo dignas. Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que los trabajadores desplazados pueden ganar hasta un 50% menos en algunos sectores y países, lo que origina situaciones de competencia desleal entre las empresas nacionales y las compañías que trasladan temporalmente a sus empleados a ese país. En este sentido, y tras analizar diversas encuestas realizadas en el ámbito de varios Estados miembros de la UE-28 y candidatos a serlo en un futuro cercano, con conclusiones que obligan a replantearse la validez real de parte de la normativa europea sobre trabajadores desplazados vigente en la actualidad, se obtuvieron los siguientes resultados:

  • El 61% de los encuestados afirma que existe dumping social en el desplazamiento de trabajadores en el ámbito de la Unión Europea.
  • El 35% afirma que no se respeta la percepción del salario mínimo profesionalni el período máximo fijado para el desplazamiento de un trabajador a otro Estado miembro.
  • Un 34% cree que no se respeta el período de vacaciones a que tienen derecho estos trabajadores. El mismo porcentaje desconoce la existencia de las directivas que regulan los derechos de los trabajadores desplazados.
  • El 31% afirma que el empresario no respeta sus obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • El 29% considera que los trabajadores desplazados prestan sus servicios laborales en puestos con cualificación profesional inferior a la que ostentan.
  • En cuanto a la información que tienen los empresarios que reciben trabajadores desplazados, el 39% piensa que esta es claramente mejorable, mientras que un 18% cree que es absolutamente inadecuada.
  • Por último, respecto a la aplicación de las garantías laborales y profesionales contenidas en las directivas, por parte de los empresarios a sus trabajadores desplazados, un 22% dice no aplicarlas y hasta el 43% opta por no contestar a dicha pregunta.

En relación a la Directiva 2018/957,CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa que esta deberá ser implementada por los Estados miembros de la UE antes del 30 de julio de 2020. Esta nueva Directiva permitirá que el trabajador desplazado cobre el mismo salario que reciben sus homólogos en el país de acogida, alcanzándose la máxima de “aigual trabajo en el mismo lugar, idéntico salario”, durante un máximo de 18 meses. Además, los Estados miembros podrán aplicar los convenios colectivos regionales o sectoriales, algo que hasta el momento solo se hacía en el sector de la construcción. Así, los trabajadores desplazados podrán beneficiarse del resto de condiciones que ya disfrutan los trabajadores del país de acogida. Del contenido de esta nueva Directiva destacamos: el principio de igualdad de remuneración, la igualdad de condiciones para todas las empresas, la coordinación entre las autoridades y organismos competentes de los Estados miembros, la inaplicación de las medidas propuestas al transporte internacional por carretera, la comprobación de la remuneración abonada al trabajador desplazado, la prevención del abuso y lucha contra el fraude en relación con el desplazamiento, entre otros. 

CSIT UNIÓN PROFESIONAL anuncia que el próximo mes de noviembre, en Toledo, tendrá lugar una nueva jornada con los participantes de este proyecto europeo, en la que se analizarán las situaciones que sería deseable mejorar para garantizar las condiciones de empleo de los trabajadores desplazados en el sector sanitario y de cuidados asistenciales a personas mayores y dependientes. Durante la misma, se intentarán establecer propuestas de mejora que sirvan a la Comisión Europea para avanzar en la concreción de nuevas normas para defender los derechos de los trabajadores desplazados


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