Aclaraciones sobre el acoplamiento e implantación de los Tribunales Únicos de Instancia
Tras la reunión mantenida ayer entre la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y los representantes de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, se aclaran a continuación las principales dudas del personal funcionario de Justicia en relación con el acoplamiento e implantación de los Tribunales Únicos de Instancia.
Acoplamiento e implantación de los Tribunales Únicos de Instancia
- ¿Serán elegibles las áreas en futuros concursos de traslados?
Sí. Las áreas podrán elegirse, aunque debe tenerse en cuenta que el centro de destino es el servicio común, y no el área en sí.
- ¿Podrán seleccionarlas los titulares en el proceso de acoplamiento?
No. Los gestores y tramitadores solo podrán escoger entre el SCT y el SCE.
Los auxilios judiciales serán confirmados de oficio en el SCG, al igual que los gestores y tramitadores adscritos a los SCAC y Decanatos.
Los 14 auxilios actualmente adscritos a las secciones civiles de la Audiencia Provincial pasarán a integrarse en el SCG del Tribunal Único de Instancia de Madrid capital.
- ¿Se garantiza a los funcionarios que permanecerán en la misma jurisdicción de la que provienen?
Sí. Los funcionarios serán adscritos al área equivalente a su jurisdicción actual. No obstante, por necesidades del servicio y de forma excepcional, provisional y motivada, podrán ser adscritos temporalmente a un área distinta, dado que el centro de destino es el servicio común y no el área.
- ¿Se diferenciarán equipos dentro de cada área?
Sí. Existen equipos con carácter estructural (diferenciados en las RPT), como los equipos de menores o de vigilancia penitenciaria dentro del área de Menores y Vigilancia Penitenciaria del SCT del Tribunal Único de Instancia de Madrid capital; y otros con carácter funcional (no diferenciados en las RPT), como los que puedan crearse dentro del área de Familia, Incapacidad e Infancia del SCT. La creación de estos equipos funcionales dependerá del LAJ director del Servicio Común.
- ¿La diferenciación de equipos será por materias, tipos de procedimientos o por fases del trámite? ¿Quién decide esta diferenciación?
El Secretario de Gobierno establecerá un protocolo que remitirá al LAJ Director del Servicio Común. Este, en función de las necesidades y particularidades del servicio, determinará el criterio que regirá la distribución del trabajo.
- ¿Dónde se ubicarán físicamente los nuevos servicios comunes?
La Dirección General está trabajando para que la movilidad física —tanto de expedientes judiciales como de personal— sea la mínima posible. Incluso podrán coexistir en la misma planta de cada sede el SCT y el SCE. Actualmente, el personal de Infraestructuras está realizando visitas técnicas para adecuar los entornos laborales.
- ¿Quién se encargará de la mudanza de expedientes? ¿Y del empaquetado?
Cada funcionario deberá empaquetar, en las cajas que se faciliten, los expedientes judiciales que tramite, siguiendo las instrucciones que se comuniquen al efecto. El traslado de las cajas correrá a cargo de la empresa encargada de la mudanza.
- ¿Qué ocurre si queda vacante un puesto de jefe de equipo ofertado por libre designación?
La vacante se declarará desierta y volverá a ofertarse de inmediato. No podrá ser cubierta por personal interino. Mientras tanto, las funciones serán desempeñadas por el Letrado Director, sin que pueda obligarse a otro funcionario a realizarlas.
- ¿Las jefaturas de equipo están exentas de tareas de tramitación?
No. Deberán seguir tramitando, aunque su prioridad será la coordinación y organización del equipo.
- ¿El aplicativo para el acoplamiento será accesible desde cualquier equipo con conexión a internet?
Sí, siempre que el equipo tenga acceso a la intranet Iusmadrid.
- ¿Qué ocurre si durante las fechas del acoplamiento estoy de viaje, de baja o en excedencia?
Deberá comunicarse con antelación a la Dirección General, que facilitará un enlace de acceso específico.
- ¿Se mantendrán los números de puestos actuales?
No. Con la implantación de los Tribunales de Instancia desaparecerán los números de puestos actuales, procediéndose a una nueva numeración.
Los puestos vinculados a una OEP o a un concurso mantendrán dicha vinculación, aunque cambie su número.
- ¿Cómo se comunicará el nuevo número de puesto y el Servicio Común al que se me adscriba?
La notificación se realizará a través de Note.
Bolsa de interinos
- ¿A qué se refiere el decreto de convocatoria de bolsa cuando menciona el 30 % de la puntuación máxima posible en el proceso selectivo convocado por la Orden PJC/64/2024, de 25 de enero?
Se refiere al 30 % de la nota de corte del primer examen.
- ¿Podrán actualizarse los méritos en relación con exámenes aprobados en futuras convocatorias?
Sí. La Dirección General ha confirmado esta posibilidad.
- ¿Los exámenes aprobados y los cursos de formación realizados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuyos certificados aún no se dispongan, podrán autobaremarse?
Sí. Siempre que el examen se haya superado y el curso se haya completado correctamente, podrán autobaremarse. La documentación acreditativa podrá aportarse posteriormente a través del servicio de consulta de expedientes.
Si al finalizar el plazo de presentación de solicitudes todavía no se dispusiera de los certificados y la Comunidad de Madrid no reconociera los puntos correspondientes, podrá acreditarse en la fase de alegaciones.
Otras cuestiones
- ¿Cuándo se reconvertirán los Juzgados nº 6 de Instrucción de Móstoles y Alcalá de Henares en Juzgados de Violencia sobre la Mujer?
En enero de 2026.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL, en el ejercicio de nuestro mandato representativo como miembros de la Junta de Personal, continuará desarrollando y explicando estos puntos a través de nuestro correo electrónico y en nuestras redes sociales, reivindicando mejoras en las condiciones de trabajo y en todas aquellas cuestiones que redunden en beneficio del conjunto del personal de Justicia.