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Carrera Profesional, qué hacer si no estoy de acuerdo

El día 8 de septiembre se publicó en el BOCM el Decreto de evaluación del desempeño y carrera profesional. El día 15 de octubre se publicaron las distintas resoluciones para reconocer de oficio el nivel de carrera profesional.

No se publicarán los anexos con la relación nominal, la notificación es individual a través de la aplicación ASES (Autoservicio del Empleado).

¿Cómo proceder?

  1. Si se te ha notificado y estás de acuerdo con el nivel de carrera profesional, no tienes que hacer nada, la empezarás a cobrar en octubre.
  2. En caso de que no se te haya notificado en ASES el nivel de carrera profesional o no estés de acuerdo, debes reclamar.
  3. Para reclamar, la Resolución publicada el 15 de octubre prevé varias posibilidades:
  • Personal Funcionario - Recurso de Reposición ante el órgano que firma la Resolución, en el plazo de un mes. O Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses.
  • Personal Laboral - demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, en el plazo de dos meses.
  • Ambos colectivos - en todo caso y no obstante lo anterior, pueden presentar escritos de subsanación o corrección de errores ante el órgano que firma la Resolución, no consta plazo.

4. CSIT UNIÓN PROFESIONAL recomienda: de no haber sido notificado o habiendo sido notificado, estar en desacuerdo con el nivel de carrera profesional, presentar primero escrito de subsanación o corrección de errores y esperar respuesta sin descuidar los plazos legales, dejando, al menos, 10 días de margen para el recurso y, en su caso, la demanda.

Al escrito de subsanación o corrección de errores se debe adjuntar certificado de vida laboral.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL, a través de nuestras delegadas y delegados en los centros, ponemos a disposición de la afiliación un modelo de escrito de subsanación o corrección de errores.

5. El escrito de subsanación o corrección de errores se debe presentar de forma telemática a través del registro electrónico. 

6. En caso de no recibir respuesta o no estar de acuerdo con ella, proceder con el recurso de reposición o la demanda en el plazo legal.

Para descargarte el modelo de escrito de subsanación o corrección de errores, pincha aquí.

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