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Función Pública de la AGE sigue sin aclarar el permiso parental de 8 semanas, del TREBEP

Desde el Área de la AGE de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, reiteramos la solicitud de explicaciones sobre las últimas modificaciones del permiso parental ( letra g del artículo 49 del TREBEP), ante la falta de respuesta y desinterés mostrado respecto de este asunto por parte de la Administración.

Justo días después de registrar nuestra carta, fue publicado en el BOE el 20 de diciembre, el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores (….)

Pero la única alusión que encontramos para dicho permiso es, literalmente, la siguiente:

”…el mantenimiento de una prestación compensatoria del salario dejado de percibir durante su disfrute…”

Es decir, no menciona ni cuándo ni cómo se hará efectiva: meses después de su entrada en vigor, sigue sin desarrollarse reglamentariamente la percepción económica del mismo. Llama profundamente la atención que entre la voluntad de agilizar determinadas normas, no esté precisamente esta cuestión del permiso parental, a pesar de que haya muchos empleados públicos interesados en poder disfrutarlo. Por ahora solo pueden solicitarlo pero sin retribuir.

Desde este enlace podéis acceder al contenido de la Carta reiterando a la D.G. de Función Pública AGE, el nuevo permiso parental incluido en el artículo 49 g del TREBEP


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