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Personal Laboral 25/07/23

1ª convocatoria año 2023, del Concurso de Traslados para Personal Laboral del ANEXO II del IV CUAGE (CAII)

Publicada en el apartado sobre procedimientos de personal, en la web de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo del Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado (21 de julio de 2023).

A través de este enlace podéis ver el Anexo de puestos ofertados, publicado el 21 de julio de 2023.

Y en estos otros, las siguientes informaciones:

Plazo de presentación de SOLICITUDES: del 24 de julio al 2 de agosto de 2023, ambos incluidos.

La solicitud ha de presentarse por medios telemáticos a través del Portal FUNCIONA (acceso a través de la Intranet) o de la Sede FUNCIONA (acceso a través de Internet). Además, para acceder al Portal FUNCIONA es imprescindible disponer de un certificado electrónico (DNI-e o certificación de la FNMT).

Importante: Si tienes cualquier problema de tipo técnico u operativo para acceder a FUNCIONA o al cumplimentar su solicitud, debes cursar una incidencia a través del Centro de Atención a Usuarios (CAU)- SIGP: https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/SIGP hasta las 10:00 h de la mañana (a.m.) del último día de presentación de solicitudes, pues no se atenderán incidencias presentadas después.

Asimismo, el 25 de julio de 2023, se publicó esta novedad respecto al Anexo de puestos convocados, relativa a los complementos salariales que figuran, se recuerda el contenido de los apartados 1 a 4 de la Disposición Transitoria 7ª del IV CUAGE, disposiciones sobre complementos:

1. Los complementos singulares de puesto modalidad A3 asignados a puestos de trabajo ocupados de los grupos profesionales 4 y 5 del III Convenio Único dejarán de percibirse por integrarse su cuantía en el salario base establecido en las tablas salariales incluidas en el anexo II con efectos de 1 de enero de 2019.

2. Los complementos singulares de puesto modalidad A2 asignados a puestos de trabajo ocupados del grupo profesional 3 del III Convenio Único se continuarán percibiendo mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

3. Los complementos singulares de puesto modalidades A2 y A3 asignados a puestos ocupados no contemplados en los apartados anteriores continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

4. Los complementos singulares de puesto modalidades AR2, AR3, A/idiomas, B (atención directa al público) y C (manejo de fondos públicos) asignados a puestos ocupados continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

Recordamos: Directorio de contactos para consultar dudas de las Unidades de Personal de los diferentes Ministerios y Organismos


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