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Personal Laboral 25/01/24

Asuntos tratados en la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Personal Laboral de la CM, de enero de 2024

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, os resumimos los asuntos de interés que hemos tratado en la reunión de enero de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024):

jornadas a realizar en 2024

CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicita información sobre los criterios de aplicación del artículo 100 del Convenio Colectivo, respecto de que las jornadas a realizar en 2024 deben ser 1.642 horas y 30 minutos, distribuidas en 219 jornadas a razón de 7 horas y media, para los turnos diurnos y de 1.470 horas distribuidas en 147 jornadas a razón de 10 horas, para el turno de noche.

abono y distribución del fondo de modernización

CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicita información respecto de la modificación de los criterios de abono del Fondo de Modernización, regulado en la D.A. tercera del Convenio Colectivo.

criterios de procesos de estabilización

Ante los problemas que están teniendo las personas inmersas en la fase de Concurso de ciertas convocatorias extraordinarias de Estabilización de empleo temporal de personal laboral, CSIT UNIÓN PROFESIONAL solicita información respecto del sistema y documentos de acreditación de los méritos y plantea la interpretación de los términos en los que deben aplicarse los criterios que rigen las convocatorias del proceso extraordinario de Estabilización de empleo. Pincha en cada enlace:

BOLSA ÚNICA PARA TCAE (AMAS)

Pincha aquí para más información sobre la constitución de la Bolsa Única (BUPA) para Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE) de Comunidad de Madrid

ceses tras conclusión de proceso selectivo Auxiliar de Servicios

Una vez concluido el proceso selectivo de la OEP de 2016, en la categoría de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) y ante los inminentes ceses a consecuencia de dicho proceso, se solicita que la Administración proceda al abono de oficio de la liquidación e indemnización que corresponda en cada caso, al personal interino que cese el 31 de enero, como consecuencia de la incorporación el 1 de febrero del personal Auxiliar de Servicios, que ha superado el proceso selectivo correspondiente a la oferta de empleo público de 2016. La Administración alega que no es posible actuar de oficio y se procederá como siempre, conforme a la legislación vigente.

plus de actividad en oficinas de empleo

Sobre el Plus de Actividad por objetivos para el Personal Laboral adscrito a la Red de Oficinas de Empleo, pincha aquí.

teletrabajo para el personal al servicio de la administración de justicia

Sobre la aplicación del Teletrabajo al personal del C. Colectivo que presta servicios en Órganos Judiciales y están adscritos a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid, pincha aquí.

RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO

Se solicita la entrega actualizada de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la nueva estructura básica de Consejerías. La Subdirección General de Relaciones Laborales se compromete a remitir el documento, incluyendo a la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD), antigua Agencia Madrileña de Tutela del Adulto (AMTA).

dación de cuentas

Planteado este asunto por CSIT UNIÓN PROFESIONAL en las sesiones de la Comisión Paritaria de julio y noviembre de 2023, solicitamos información sobre las gestiones y situación en la que se encuentra la unificación del modelo de certificado de servicios prestados como personal laboral, por cuanto que se acordó que no había inconveniente para unificar este documento y sus contenidos con el que se facilita al personal funcionario. Responde la Administración que, si bien alguna gestión ya se ha hecho, en relación a informar a los tribunales de selección cómo han de considerar en la fase de méritos, los permisos y excedencias por cuidado de hijos menores, es una cuestión pendiente de abordar con la Dirección General de Recursos Humanos, en lo que se refiere a la certificación de los servicios prestados en los periodos de suspensión del contrato por cuidado de hijos menores de 3 años y en los periodos como fijos discontinuos o a tiempo parcial, de cuya decisión se nos dará traslado.

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