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La jubilación parcial del personal laboral de la Comunidad de Madrid continúa pendiente de habilitación normativa estatal

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa sobre uno de los asuntos tratados ayer, 23 de abril, en la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Único del personal laboral de la Comunidad de Madrid (2025-2028), relativo a la situación actual de la jubilación parcial y sus posibilidades reales de aplicación en el ámbito autonómico.

"Eliminación de la suspensión y reactivación de la jubilación parcial del personal laboral de la Comunidad de Madrid, prevista en el Convenio Colectivo 2025-2028 vigente, adaptando su aplicación a los criterios actualmente admitidos por la Seguridad Social, a la vista del acuerdo aprobado en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE), el pasado 31 de marzo de 2026, en materia de contrato de relevo, porcentajes de reducción de jornada y plazos de acceso".

Tras el análisis de la situación actual de la jubilación parcial del personal laboral de la Comunidad de Madrid, se constata que, a día de hoy, no existe un marco normativo estatal de Seguridad Social que permita su aplicación efectiva en el ámbito de las administraciones públicas.

Si bien en la Administración General del Estado se ha alcanzado un acuerdo en comisión paritaria que regula el procedimiento para su aplicación, este no supone un avance habilitante real, sino una ordenación interna en aquellos ámbitos donde no existía dicho procedimiento.

En el caso de la Comunidad de Madrid, ya se dispone de un procedimiento recogido en el Convenio Colectivo. Sin embargo, su aplicación efectiva no depende de desarrollos internos adicionales, sino de la aprobación de una normativa estatal que habilite expresamente la jubilación parcial en el sector público.

Por tanto, mientras no se produzca este cambio normativo, no es posible su implementación real, ya que actualmente las administraciones públicas no pueden formalizar los contratos de relevo necesarios para hacer efectiva esta modalidad. En consecuencia, cualquier expectativa de reactivación carece actualmente de base jurídica efectiva.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL queremos dejar claro que no formamos parte de la mesa negociadora estatal en la que se adoptan este tipo de acuerdos y, por tanto, no hemos intervenido en las decisiones tomadas en dicho ámbito. No obstante, consideramos imprescindible que esta situación se resuelva con urgencia, por lo que exigimos la aprobación de la normativa estatal necesaria que permita hacer efectiva, sin más dilaciones, la jubilación parcial del personal laboral de la Comunidad de Madrid.


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