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Personal Laboral 21/01/22

Sobre la exclusión de Personal Auxiliar de Servicios de CM en los listados provisionales de listas de espera de Superior Categoría

Detectada la exclusión en los listados provisionales del personal Auxiliar de Servicios para las listas de espera para funciones de superior categoría, por pertenecer ya a una lista de espera o estar haciendo ya funciones de categoría superior, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha planteado la necesidad de un pronunciamiento al respecto por parte de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.

Si bien la base para aplicar la causa de exclusión 53 es "estar realizando tareas en régimen de encomienda de funciones de superior categoría" y para la causa de exclusión 56, "pertenecer a una lista de espera contemplada en el apartado 6 del artículo 64 del Convenio Colectivo", ambas recogidas en la resolución por la que se aprueban los listados provisionales para el acceso a encomienda de funciones de superior categoría al personal Auxiliar de Servicios, CSIT UNIÓN PROFESIONAL argumenta en la reunión de la C. Paritaria del 20 de enero, que no se puede limitar a futuro el derecho de quienes ahora estén haciendo funciones de categoría superior y que, al no existir actualmente listas de espera, no es posible excluir por pertenecer a lo que no existe.

La Administración entiende que ambas exclusiones se refieren a la misma situación, estando por tanto duplicadas, e informa que se basan en el apartado séptimo, punto 4, de la Resolución de 26 de julio de 2019, que dispone la publicación del Acuerdo que establece las condiciones y el procedimiento para la encomienda de funciones de superior categoría al personal auxiliar de servicios en orden a la cobertura temporal de puestos de la categoría de auxiliar de control e información, publicada en el BOCM de 13 de agosto.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, insistimos, entendemos que en estos momentos ese apartado no puede tener efectos prácticos, puesto que aún no existe la bolsa referida, siendo sólo aplicable a futuro. Ante nuestra insistencia, la Administración se compromete a revisar el listado de exclusiones, comprobando su fidelidad e informar al respecto.

El resto de asuntos tratados en la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que hemos celebrado el 20 de enero, puedes consultarlos aquí. 

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