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Recuperación de la jubilación parcial para personal funcionario y estatutario

El pasado miércoles, 18 de diciembre, el Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública, aprobó la recuperación del derecho a la jubilación parcial del personal estatutario y funcionario.

Desde el Área de Administración General del Estado de CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que la recuperación del derecho a la jubilación parcial aparecía recogida en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI (del 1/03/2023) y, por tanto, el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), habrá de ser modificado en este sentido. Dicha modificación deberá ser tramitada, negociada y concretada en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

El acuerdo también establece que para la figura del “relevista” se regule como personal funcionario de carrera, por lo que deberán preverse las plazas correspondientes en las ofertas de empleo público o instrumentos de planificación equivalentes del año en que se vaya a producir la jubilación y al ser puestos que están previstos, se garantiza que no suponga costes presupuestarios extras.

Desde el Área de la Administración General del Estado de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, consideramos que es una muy buena noticia, puesto que equipara al personal funcionario y estatutario, con otros colectivos de empleados públicos y con el de empresas privadas, adscritos también a este mismo régimen de la S. Social. Además, esta medida incidiría en el fomento de la incorporación al mercado laboral de miles de personas y en la renovación de las plantillas existentes.

No obstante, recordamos que la posibilidad de disfrutar de este tipo de jubilación no se aplicará inmediatamente y para su efectivo disfrute, aún hay que esperar a su negociación y concreción de la forma de aplicación (esperemos que no se reproduzcan los problemas existentes que ya hemos sufrido con la jubilación parcial del personal laboral del IV Convenio único de la AGE).


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