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CSIT UNIÓN PROFESIONAL exige el cumplimiento del Convenio de la CM, en las adscripciones provisionales a Puestos de Carrera

En relación con el número de adscripciones provisionales del segundo semestre de 2025, así como la aplicación del Convenio, en cuanto a la convocatoria de puestos ocupados provisionalmente desde hace 14 meses, temas tratados de manera conjunta, la Administración ha facilitado información relativa a las adscripciones provisionales a puestos de carrera que se han producido desde el mes de septiembre hasta la fecha actual.

A partir de esta información, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha puesto de manifiesto la necesidad de que la Administración informe periódicamente, con una frecuencia mínima semestral, a la Comisión Paritaria de todos los puestos de carrera y de las adscripciones provisionales que se realicen, con el objetivo de garantizar el cumplimiento del Convenio Colectivo, en particular de lo dispuesto en el artículo 82.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Convenio Colectivo, en los supuestos previstos en la letra a), el puesto de carrera vacante cubierto provisionalmente deberá convocarse para su provisión definitiva en el plazo máximo de seis meses, contados desde la formalización de la correspondiente adscripción provisional y, una vez convocado, resolverse en el plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tal y como se ha constatado en informaciones facilitadas con anterioridad, estos preceptos no se estaban cumpliendo, existiendo adscripciones provisionales que superan los plazos máximos establecidos sin que los puestos hayan sido convocados, tanto en el ámbito de la Agencia Madrileña de Atención Social como de la Consejería de Cultura.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL se ha advertido que este incumplimiento no puede tener consecuencias negativas para el personal afectado, que no es responsable de la falta de convocatoria de los puestos, y que podrían derivarse perjuicios injustificados como la pérdida de retribuciones o incluso el cese en el Puesto de Carrera.

Ante las exigencias planteadas por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, la Administración ha manifestado su compromiso de convocar a la mayor brevedad posible aquellos puestos de carrera que ya superan los plazos establecidos, con el fin de regularizar su situación conforme a lo previsto en el convenio colectivo.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL valora que este compromiso se haya expresado en el seno de la Comisión Paritaria, si bien seguirá vigilante para que se materialice de forma efectiva y en plazos razonables, garantizando que el incumplimiento del convenio no recaiga sobre los trabajadores y que se respete plenamente su seguridad jurídica y sus derechos laborales.

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