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Asuntos tratados en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Personal Funcionario de la CM de junio 2025

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa de los asuntos más destacados, tratados en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial para Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, celebrada el 18/06/2025:

  • Interpretación restrictiva realizada por la Subdirección General de Personal de la Consejería de Cultura y Turismo, respecto de lo reflejado en artículo 51.2 del Acuerdo Sectorial en relación con criterios generales para el disfrute de la festividad de San Isidro. Estableciendo como criterio adicional no recogido en textos convencionales el cumplimiento de cumplir con el horario en cómputo mensual.

La Subdirección General de Personal de la Consejería de Cultura y Turismo expone que la interpretación que se está aplicando respecto a los requisitos para el disfrute del permiso es coherente con la adoptada en otras consejerías, e incluso en distintos calendarios laborales de esta misma Consejería.

Criterios generales establecidos:

  • Obligación de cumplir con el horario establecido.

  • Cumplimiento del cómputo mensual de horas.

  • Prestación efectiva de servicios en las fechas en que se genera el derecho al permiso.

Por su parte, CSIT UNIÓN PROFESIONAL defiende que el permiso puede disfrutarse de dos formas:

  1. Mediante la reducción de dos horas diarias durante la semana en que se celebra la festividad.

  2. Como un día adicional de permiso.

Por ello, se solicita que se aclare expresamente que, a efectos del cómputo mensual, se podrán considerar tanto las horas de exceso generadas en el mes anterior como la compensación de horas en el mes posterior al momento en que se adquiere el derecho al disfrute del permiso.

Tras el debate mantenido, la Subdirección General de Personal acepta que la compensación del horario podrá realizarse en el mes anterior y/o posterior al disfrute del permiso,  y lo integrara en la instrucción.

  • Información y aclaración sobre comunicaciones de ceses de personal (ejemplo en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local), por cumplimiento de 3 años de nombramiento estando el puesto adscrito a una convocatoria que se está desarrollando. Técnico Superior Salud Pública OPE 2022. Tal y como dicta el EBEP, cabe la prórroga de nombramiento, es decir, la persona podrá seguir más de 3 años, si el proceso al que está vinculado el puesto no ha finalizado.

En la Comisión de Seguimiento se plantea que se han recibido ceses de nombramientos que han superado, o están a punto de superar, los tres años de antigüedad, a pesar de que el proceso selectivo al que están vinculados aún se encuentra en desarrollo.

La Comisión concluye que los nombramientos podrán superar el límite de tres años siempre que la plaza esté incluida en un proceso selectivo en curso. Por tanto, en estos casos, cabe la prórroga del nombramiento (el art.10.4 del EBEP dispone que cabe la prórroga de nombramiento, es decir, la persona podrá seguir más de 3 años, si el proceso al que está vinculado el puesto no ha finalizado).

Asimismo, se recuerda la decisión adoptada por la Comisión de Seguimiento y la Comisión Paritaria, en una sesión extraordinaria impulsada por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, relativa a la interpretación del artículo 27.4 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (2025–2028). Esta resolución establece que:

  • Las acumulaciones de nombramientos o contratos anteriores al 1 de enero de 2025 no se tendrán en cuenta.

  • Para aplicar la suspensión de seis meses en las bolsas de trabajo, solo se computarán los nombramientos formalizados a partir del 1 de enero de 2025.

  • En consecuencia, no se considerarán los contratos anteriores a la entrada en vigor del vigente Convenio Colectivo y Acuerdo Sectorial.



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