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Personal Laboral 06/02/23

Publicado en el BOCM el Acuerdo de las Bolsas Únicas Permanentemente Abiertas de Trabajo Temporal para Personal Laboral

En el BOCM de hoy lunes, 6 de febrero, se ha publicado el Acuerdo de 19 de enero de 2023, que es el marco normativo que regirá las bolsas de contratación de personal laboral en la Comunidad de Madrid.

Aunque no existe aún solicitud para formar parte de estas futuras bolsas de contratación, para ampliar la información y conocer todos los requisitos necesarios, así como méritos valorables, os facilitamos el acceso al Acuerdo de 19 de enero de 2023, por el que se establecen las condiciones de Constitución y el Procedimiento de Gestión de las Bolsas Únicas Permanentemente Abiertas de Trabajo Temporal del Personal Laboral.

Además, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL hemos llevado a cabo un Documento para resolver posibles dudas que esperamos resulte de vuestro interés y os recordamos algunos de los puntos más importantes de este Acuerdo que, como ya os informamos, es una de las novedades introducidas por el Convenio Colectivo Único (2021-2024)

Documento de preguntas y respuestas sobre las Bolsas Únicas Permanentemente Abiertas

Cada BUPA estará integrada por dos bloques:

PRIMER BLOQUE O BLOQUE PRIORITARIO

Incluirá a las personas integrantes de las bolsas derivadas del correspondiente proceso selectivo, siendo su llamamiento preferente. La relación definitiva de personas que integrarán este bloque en cada una de las bolsas únicas permanentemente abiertas será publicado en el BOCM.

Estará ordenado en función de la puntuación obtenida en el correspondiente proceso selectivo, una vez dirimidos los posibles empates. Si bien, en ningún caso formarán parte de la bolsa aquellas personas a las que se les haya anulado el examen en alguno de los ejercicios del proceso selectivo.

Siempre que se lleve a cabo un nuevo proceso selectivo, el listado resultante del mismo, sustituirá al vigente.

segundo BLOQUE O BLOQUE supletorio

Lo formarán quienes no figuren en el primer bloque y soliciten su inclusión en la correspondiente bolsa. No se llamará a ninguna persona de este bloque mientras haya  integrantes disponibles del primero.

Su sistema de selección será el concurso, de modo que estará organizado en función de la puntuación conseguida por los méritos aportados conforme a los criterios establecidos en el Acuerdo. No obstante, una de cada diez contrataciones deberá de recaer en personas que tengan reconocida legalmente la condición de persona con discapacidad.

Se podrán presentar nuevas solicitudes de admisión o de actualización de méritos o modificación de zonas en cualquier momento, salvo los candidatos ya contratados que sólo podrán a partir del día siguiente a su cese. Para ello, se deberán cumplimentar las solicitudes disponibles en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

En general, la actualización del bloque se llevará a cabo durante el segundo mes de cada año natural, teniendo en cuenta las solicitudes presentadas hasta el último día del mes de diciembre del año anterior.

Este bloque podrá ser convocado de forma independiente y con anterioridad a la constitución del primer bloque correspondiente, previa negociación en el seno de la Comisión Paritaria; es decir, podrá formarse antes de que se lleve a cabo el correspondiente proceso selectivo. En este caso, dejará sin efecto las bolsas supletorias o de otra naturaleza preexistentes. No obstante, una vez se constituya el primer bloque conforme al proceso selectivo, se restablecerá la ordenación y la preferencia de llamamiento de las personas integrantes del primero frente a las que conforman el segundo.

PARTICIPACIÓN EN LAS Bolsas

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que por el momento no se puede formalizar solicitud alguna para ser integrante de estas bolsas de contratación. No obstante, una vez se convoquen las distintas Bolsas, para formar parte del primer bloque habrá que participar en el correspondiente proceso selectivo convocado al efecto.

Y para ser integrante del segundo bloque, una vez que la Dirección General de la Función Pública abra el plazo, se deberá cumplimentar y presentar de manera telemática (mediante certificado electrónico o firma digital) la solicitud de participación que estará disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, a través de la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bolsas-empleo-temporal-administracion-servicios, así como acompañarla de la documentación que acredite los méritos alegados.

ZONIFICACIÓN

Las BUPAs se organizarán en cinco zonas geográficas: Madrid capital, Norte, Sur, Este y Oeste. Sus integrantes podrán solicitar su inclusión en una o varias de ellas, entendiéndose que participará en todas de no señalar ninguna específicamente.

No obstante, se podrá solicitar la modificación de la zona o zonas inicialmente seleccionadas una vez transcurran 12 meses desde que se formuló la opción inicial o la última opción (si se han presentado sucesivas peticiones). Siendo efectiva inmediatamente, salvo que se encuentre preseleccionada o seleccionada para una oferta o prestando servicios en ese momento.

Ahora bien, cuando se produzca el agotamiento del listado de personas candidatas de una determinada zona, se podrá formular oferta a las integrantes de otras zonas diferentes. El llamamiento será por orden numérico y consecutivo a la de la agotada. Su aceptación no será obligatoria, ni su rechazo alterará las condiciones de participación.

PERÍODO DE PRUEBA

En general, existirá un periodo de prueba que será de 15 días para el grupo profesional V, 1 mes para los grupos profesionales IV y III, 3 meses para el grupo profesional II y 6 meses para el grupo profesional I, siendo imprescindible su superación; ya que, de no conseguirlo, quedará excluida definitivamente de la BUPA correspondiente.

Ahora bien, no se exigirá a aquellas personas que hayan prestado servicios con anterioridad y por un periodo igual o superior en la misma categoría profesional y área de actividad y, en su caso, especialidad.

MEJORA DE EMPLEO

Las BUPAs permitirán aplicar mecanismos de mejora de empleo por mayor duración de contrato (contratos vinculados a vacante), por mayor nivel retributivo del contrato y por jornada a tiempo completo.

Para poder aplicarlos será necesario que hayan transcurrido al menos 3 meses de prestación efectiva de servicios, respecto del último contrato, no suponiendo exclusión ni suspensión temporal alguna de la bolsa la no aceptación.

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