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¿Cuáles son los criterios de reparto del Complemento de Atención al Público para el personal de Registro de la CM?

Dado que a fecha de hoy la Administración no ha facilitado la relación de puestos susceptibles de ser perceptores de este complemento que deriva del Acuerdo del reparto del Fondo del 0,30% de la masa salarial, destinado a 300 puestos de personal funcionario con atención directa y exclusiva al público, CSIT UNIÓN PROFESIONAL hemos exigido a la Administración información sobre qué criterios está aplicando para asignarlo y hemos mostrado nuestra disconformidad con que esta aplicación esté dando lugar a agravios comparativos entre trabajadores que desarrollan las mismas funciones en la misma Unidad administrativa.

En la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, que hemos celebrado en la mañana del miércoles, 17/03/2021, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha manifestado su discrepancia sobre los criterios de reparto del Complemento de Atención al Público en los Registros de la Consejería de Educación y Juventud, acordado en la Mesa General de Empleados Públicos. Hemos recordado que mediante dicho Acuerdo de la Mesa General, los criterios fijados y aprobados fueron el reparto del Fondo Económico del 0,30% de la masa salarial para personal con atención directa y exclusiva al público, especificándose un total de 300 trabajadores.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha detectado que el reparto que ha llevado a cabo la Consejería de Educación en el abono de la nómina del mes de febrero, en base a unos criterios que no conocemos, ha dado lugar a que dentro de la misma unidad de registro unas personas hayan recibido ese complemento y otras no, cuando todas ellas llevan a cabo su labor en el mismo lugar de trabajo y con las mismas funciones, lo que CSIT UNIÓN PROFESIONAL considera inaceptable por discriminatorioEsta misma situación suponemos que se repetirá en el resto de consejerías cuando reciban las nóminas del mes que viene. Es por ello, que proponemos su revisión para que todo el personal de Registro pueda ser receptor de dicha cantidad y evitar al máximo los agravios comparativos entre los trabajadores.

La Administración considera que este tema no es del ámbito de esta comisión, y que se ha aplicado lo aprobado en la Mesa General de Empleados Públicos de la CM. Entiende que, al ser limitada la distribución a 300 puestos, habrá personal que se haya encontrado excluido aún cumpliendo el requisito de atención exclusiva al público, pero que había que marcar unos límites para no exceder de ese número. En cualquier caso, la Administración ya consciente de esta situación, valora la posibilidad de incluir al personal que se ha quedado sin percibirlo, pero en ningún caso podrá ser aplicable al reparto de este fondo del 0,30%. 

CSIT UNIÓN PROFESIONAL, estima que, el reparto tiene carácter transversal, y nosotros, en la reunión de esta Comisión, ponemos el foco en el Personal Funcionario de Administración y Servicios; no nos referimos al contenido del Acuerdo en su conjunto, sólo lo relativo a este personal y, en consecuencia, consideramos que éste es el ámbito para negociarlo.

Para ver el resto de asuntos debatidos en la reunión de la Comisión de Seguimiento del 17/03/2021, pincha aquí.

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