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Agravios comparativos en el Cuerpo de Policía local de Majadahonda

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de Policía Local Asociada (P.L.A.) lamentamos que el año haya comenzado con interpretaciones, como no podría ser otra manera que perjudican al trabajador. Por suerte, no estamos en la Comisión de interpretación, la cual está copada por representantes de una única representación.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de Policía Local Asociada (P.L.A.) defienden la pluralidad de opiniones, viviendo en un momento donde impera la singularidad de opinión, la cual aceptamos de buen grado, ya que es la decisión de gran parte de la plantilla. No obstante, consideramos que la opinión de la parte minoritaria (bastante menos minoritaria desde hace unos meses) no se debe callar. Resulta positivo tener otro punto de vista al respecto.

Recientemente, la Comisión de interpretación (formada por un único sindicato, de cinco posibles, y los responsables del Ayuntamiento), debieron de llegar al acuerdo…, aunque no se publican las actas por ningún lado. Los mínimos de servicio para periodos vacacionales son de 8, en lugar de 7, desde enero y no desde julio, resultando que varios funcionarios no puedan coger vacaciones fuera del periodo estival. Queremos entender que la estipulación del mes de julio vendría motivada por la incorporación de los agentes que se encuentran en la academia, algo que incentivaría dicho incremento, pero ya no sabemos ni a qué atenernos.

Esta situación, que a nuestro modo de ver carece de sentido común, ha llegado a causar que un policía haya visto denegadas sus vacaciones anuales y se le haya concedido asuntos propios en los mismos días. Un despropósito. Por este tipo de situaciones, agradecemos enormemente no estar en la famosa Comisión de interpretación. Así no vemos involucradas nuestras siglas en tales decisiones.

Y aunque somos repetitivos, consideramos que hay que marcarlo y señalarlo para que no pase desapercibido lo evidente. Los representantes sindicales están exentos de este problema, ya que pueden hacer uso de las horas cuando deseen, teniendo alrededor de 30 días anuales que no pueden ser denegados y pueden “saltarse” todos los impedimentos que figuran en el Anexo, además de ser compensados como efectivamente trabajados…Es el momento de preguntar: ¿Jugamos todos con las mismas condiciones o hay trabajadores que siempre llevan cartas buenas?

PRODUCTIVIDAD DE CUADRANTES A Y D

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de Policía Local Asociada (P.L.A.) defendemos que no es bueno para la dinámica de un grupo que se establezcan diferenciaciones, sobre todo aquellas que no se pueden sustentar en una justificación entendible para el trabajador, como es este punto que exponemos.

Como sabéis, quien pasa del cuadrante A al D, por no hacer noches, tiene que realizar una serie de domingos a mayores para compensar la reducción de jornada por no hacer turno de noche. Comprendemos el punto de la reducción. Es razonable. Pero, no el hecho de que sean impuestos los domingos, ya que ¿acaso los domingos no son considerados festivos?, ¿por qué no se pueden compensar con días laborales normales elegidos por el trabajador?

Además de lo anteriormente impuesto, se une la casuística que con el nuevo Anexo los trabajadores incluidos en el cuadrante D van a cobrar una cantidad menor de productividad, aun realizando más jornadas anuales que el cuadrante A, algo que se escapa fuera de la lógica.



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