Se subsana la cuantía del Plus de actividad Madrid 112, en la nómina del personal laboral de ASEM 112
Ciertamente, su redacción no es muy afortunada, y de acuerdo con la interpretación dada a la redacción del artículo 183 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Comunidad de Madrid (2025-2028), al personal laboral de la ASEM 112 que percibe el Plus de actividad Madrid 112, se le ha aplicado un cambio en el importe de dicho plus que penaliza la cantidad recibida por el plus en términos anuales en el equivalente a 397,84€.
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, llevamos varias semanas gestionando y reuniéndonos con Función Pública y las distintas direcciones generales de Protección Civil, Gestión Económica y personal de la ASEM 112, para que la Administración considere y acepte que la aplicación del Art. 183, no puede tener como resultante, una minoración del Plus de actividad y la consiguiente pérdida retributiva.
A día de hoy, podemos informar que se nos ha trasladado que dicha penalización se va a corregir, de tal manera que, por el Plus de actividad Madrid 112 se va a seguir percibiendo la misma cantidad en el año 2025 que en el año 2024.
Probablemente, se hará efectivo en la próxima nómina de agosto o septiembre.