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Personal Docente 16/02/22

Sobre la Ley Maestra de Libertad de Elección Educativa de la CM

Hoy se ha publicado la Ley 1/2022 de 10 de febrero, denominada Ley Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid, en la que se recogen dos aspectos fundamentales: la libre elección de centro y la atención a alumnos de necesidades educativas especiales.

Docentes de Madrid, sindicato federado en CSIT UNIÓN PROFESIONAL, quiere destacar ciertas cuestiones respecto a la LEY MAESTRA DE LIBERTAD DE ELECCIÓN EDUCATIVA, publicada en el BOCM como Ley 1/2022:

  • Respecto a la elección de centro: se contemplan de tipo público y concertado, no siendo totalmente equitativo para la totalidad de las familias que hay en el conjunto de la Comunidad de Madrid. Docentes de Madrid siempre velará porque se prime el interés de la Educación Pública de calidad y luchará porque los derechos de los docentes públicos no se vean vulnerados.
  • Respecto a los alumnos con necesidades educativas especiales, se recoge la valoración temprana y se apuesta por la integración en los centros ordinarios sin que desaparezcan los centros de educación especial. 
  • Denunciamos que no se tenga en cuenta la opinión de los profesionales, ya que en la Ley se asevera: priorizar la opinión de las familias (art. 23) para la decisión de escolarización de los alumnos, “dejando en segunda posición la opinión de los profesionales”. 
  • Exigimos que los Equipos de Orientación y los grandes olvidados, que son los Equipos de Atención Temprana, cuenten con los medios personales y económicos que precisan para seguir trabajando por y para la integración de los más pequeños que tiene distintas capacidades. 

La Ley señala la promoción de la escolaridad gratuita de etapas no obligatorias (cuestión que la Comunidad de Madrid publicita en su nota de prensa de 15/02/22), respecto a la que nos gustaría saber con más detalle algunas cuestiones como la dotación de recursos tanto materiales como personales para llevar a cabo la inclusión del 1º ciclo de la etapa de Educación Infantil (0-3 años) en los centros públicos:

  • ¿Qué personal será el que atienda a estos alumnos? En la actualidad y de facto, están perfectamente atendidos por Educadoras, pero la ley no determina nada al respecto.
  • ¿Cómo se adecuarán los espacios para atender a las peculiaridades de estos alumnos? 
  • ¿Qué pasa con las Educadoras Infantiles, tan necesarias en este primer tramo educativo?. Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y su sindicato federado, Docentes de Madrid, velaremos porque las Educadoras Infantiles no vean mermados sus derechos ni ninguneada su profesionalidad en este tramo educativo tan importante en el desarrollo integral de los más pequeños. 

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