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AMAS 13/02/20

CSIT UNIÓN PROFESIONAL defiende el sindicalismo bien hecho: siempre por la defensa de los trabajadores de la AMAS

La AMAS está realizando una interpretación restrictiva del Convenio Colectivo y del Acuerdo Sectorial, de manera que cuando coinciden permiso y descanso semanal o por festivo, los trabajadores pierden el descanso.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa que, con la firma del nuevo Convenio Colectivo y Acuerdo Sectorial, el régimen de permisos retribuidos se adaptó a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, con ello, se consiguió homologar este derecho, de manera definitiva, entre personal funcionario, docente, estatutario y laboral. 

Uno de los cambios acordados es que, en el supuesto de trabajar de lunes a viernes, sábados, domingos y festivos son días inhábiles, y no cuentan en el cómputo de los permisos. Además, en el supuesto de trabajar de lunes a domingo, no cuentan en el cómputo de los permisos, los dos descansos semanales, ni los descansos por festivo. Sin embargo, justificándose en una redacción “desafortunada” que recoge la definición “turno rotatorio”, en lugar de “trabajo en turnos”, la AMAS está realizando una interpretación restrictiva del Convenio Colectivo y del Acuerdo Sectorial, de manera que cuando coinciden permiso y descanso semanal o por festivo, el descanso se pierde.

Reiteradamente, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha llevado este asunto a la Comisión Paritaria y a la Comisión de Seguimiento, con una propuesta de solución para la interpretación correcta y adecuada de los días inhábiles en el cómputo de los permisos. En la propuesta planteamos, tal y como debe ser, que al personal de la AMAS que realiza su trabajo de lunes a domingo, no se contabilice, en el cómputo de los permisos, los días de descanso semanal ni los descansos por festivo, independientemente de que éstos caigan en fin de semana o no, proponiéndolo en términos equivalentes para el turno de noche.

Aunque la Administración está de acuerdo con nuestro análisis y propuesta, el resto de sindicatos no. La cuestión es: ¿Por qué el resto de organizaciones sindicales no están de acuerdo en resolver ya, y de manera definitiva, un problema que está perjudicando gravemente, tratando injustamente y de manera desigual al personal laboral de la AMAS?, ¿la respuesta? Prefieren desarrollar campañas judiciales de demandas individuales, así lo anuncian algunos sindicatos, para financiarse, captar afiliación y tratar de rentabilizar cada uno por su cuenta el resultado. Sin embargo, mientras no existan sentencias firmes, los trabajadores/as seguirán gravemente perjudicados, perdiendo su derecho. Y peor aún, si las demandas se pierden por la desafortunada redacción del Convenio y el Acuerdo, se condenará a todos a perder los descansos durante el tiempo que estén vigentes, cuando esta situación ya podía estar resuelta con el acuerdo de la Comisión Paritaria y de Seguimiento.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL considera que oponerse a un acuerdo interpretativo que da solución a la aplicación en la AMAS de los días inhábiles a efectos del cómputo de los permisos, para no “chafar” sus campañas judiciales interesadas y corporativas, es engañar a los trabajadores. 



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