Preguntas frecuentes sobre la Jubilación Parcial del Personal Laboral del IV CUAGE
Desde el Área de Administración General del Estado de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, os informamos que ha sido publicado un documento de preguntas frecuentes con sus respectivas respuestas, en el apartado de Procedimientos de personal, de la web de la Dirección General de Función Pública.
Si bien desde este enlace podéis acceder al documento de Preguntas frecuentes y sus respuestas, al que hacemos referencia, os desglosamos a continuación las preguntas contenidas en el mismo:
- ¿En qué momento pueden los trabajadores y trabajadoras solicitar la jubilación parcial?
- ¿Cómo dar cumplimiento al requisito de aportación de informe o certificado del INSS en relación con el cumplimiento del requisito de cotización?
- ¿Dónde se puede incluir en la solicitud la fecha en la que se desea jubilarse parcialmente?
- ¿Hasta qué momento se puede desistir de la solicitud de jubilación Parcial?
- ¿Qué modelo de contrato se utilizará para la formalización del contrato a tiempo parcial del personal laboral que se jubile parcialmente y del trabajador o trabajadora relevista?
- ¿Qué días de vacaciones y por asuntos particulares corresponde disfrutar al personal laboral que se encuentre jubilado parcialmente?
- ¿Es necesario que antes de acceder a la jubilación parcial se hayan disfrutado las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares que correspondan la parte del año natural transcurrido?
- ¿Cómo disfruta la persona jubilada parcialmente el resto de permisos a los que tiene derecho el personal laboral?
- ¿Es posible para la persona jubilada parcialmente disfrutar de una licencia sin sueldo?
- ¿El disfrute de una licencia sin sueldo interrumpe el período exigido de antigüedad en la Administración de al menos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial que es necesario acreditar?
- ¿Habiéndose disfrutado de una licencia sin sueldo antes de acceder a la jubilación parcial, como se computa el tiempo transcurrido para poder disfrutar otra licencia del mismo tipo?
- ¿Cómo se distribuye la jornada cuando no se acumula en jornadas completas?
- ¿Cómo se perciben las retribuciones durante la jubilación parcial?
- ¿Afectará la jubilación parcial al IRPF?
- ¿Un trabajador o trabajadora jubilados parcialmente podrían acceder a la jubilación anticipada?
- ¿Si la persona jubilada parcialmente alcanza la edad en la que puede acceder a la jubilación ordinaria, podría continuar jubilada parcialmente o tendría que acceder obligatoriamente a la jubilación ordinaria?
- ¿Cómo se autorizan los contratos de relevo?
- Cuando la persona jubilada parcialmente se encuentra clasificada en el Anexo II del IV Convenio Único, ¿qué clasificación profesional ha de tener la persona relevista?
- ¿Qué se entiende por correspondencia en las bases de cotización, en relación con lo establecido en el artículo 215 e) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social?
- ¿Puede contratarse a la persona relevista para categoría distinta a la que ostenta la persona jubilada parcialmente?
- ¿Puede contratarse a la persona relevista para un puesto ubicado en diferente localidad a aquella en que se encuentra el de la persona jubilada parcialmente?
- ¿Puede contratarse a la persona relevista para el desempeño de puestos que tengan diferentes regímenes de trabajo que implican la percepción de complementos retributivos distintos, como podría ser un trabajo a turnos?
- ¿A quién corresponde establecer el horario en que vaya a desempeñar su jornada de trabajo la persona relevista?
- ¿Puede el trabajador o trabajadora relevista acumular el tiempo de trabajo en jornadas completas al igual que la persona jubilada parcialmente?