CSIT UNIÓN PROFESIONAL: iniciativa, información y negociación sindical de actualidad
En los próximos días, CSIT UNIÓN PROFESIONAL desarrollará diversas actuaciones sindicales relevantes para el personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid.
Por un lado, exigiremos el cumplimiento del Acuerdo Sectorial del personal funcionario, en lo relativo a la elección de destinos correspondiente a la promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1. Por otro, asumiremos un papel destacado en la negociación de las bases aplicables al concurso de traslados abierto y permanente para el personal laboral.
Elección de destinos correspondiente a la promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1
La disposición adicional sexta del Acuerdo Sectorial del personal funcionario, relativa al fomento de la promoción interna, establece la oferta de plazas de promoción interna durante la vigencia del acuerdo, a razón de 150 plazas por año desde 2025 hasta 2028.
Asimismo, determina que los aspirantes que superen los procesos de promoción interna mantendrán el puesto de trabajo que desempeñen con carácter definitivo en el cuerpo o escala desde el que promocionan, previa adaptación, en su caso, de la relación de puestos de trabajo.
Sin embargo, la Resolución conjunta de 23 de octubre de 2025 (BOCM de 7/11/2025), emitida por las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Función Pública, omite lo previsto en dicha disposición adicional, obligando a los aspirantes a elegir vacantes y, por tanto, a cambiar de destino.
Por este motivo, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha elevado la cuestión a la Comisión de Seguimiento, donde exigiremos el cumplimiento íntegro del Acuerdo Sectorial y la rectificación de la Resolución.
Negociación de las bases aplicables al concurso de traslados abierto y permanente para el personal laboral
La Mesa Técnica de Selección, convocada para el próximo jueves, 13 de noviembre, iniciará la negociación de las bases generales aplicables al concurso de traslados abierto y permanente.
En este sentido, el artículo 49 del Convenio Colectivo contempla la movilidad del personal laboral fijo como un instrumento destinado a atender las necesidades de provisión interna de los puestos de trabajo, así como a facilitar el traslado voluntario y la carrera profesional vertical. Una de las modalidades de provisión establecidas es, precisamente, el concurso de traslados abierto y permanente.
Por su parte, los artículos 50 y siguientes definen las características, requisitos, méritos a valorar y el procedimiento a seguir en dicho concurso, además de establecer la necesidad de aprobar unas bases generales que regulen su funcionamiento.
De este modo, CSIT UNIÓN PROFESIONAL, con propuestas concretas y capacidad negociadora, asumirá un papel esencial para lograr un acuerdo que permita implantar un sistema de concurso de méritos objetivo, transparente y ágil.