Claves del acuerdo para la integración del personal laboral del Hospital Universitario de Fuenlabrada
CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa sobre los aspectos fundamentales del acuerdo que regulará, desde el 1 de enero de 2027, las condiciones del personal del Hospital Universitario de Fuenlabrada que opte por continuar como personal laboral dentro del Convenio Colectivo Único de la Comunidad de Madrid. El acuerdo define las condiciones profesionales y económicas aplicables y garantiza el mantenimiento de los principales derechos consolidados de la plantilla.
Contenido fundamental del acuerdo
Una vez concluida la negociación y formalizado el acuerdo en la Comisión Paritaria, quedan definidas las condiciones aplicables al personal del Hospital Universitario de Fuenlabrada que no se integre voluntariamente como personal estatutario del SERMAS y decida mantener su relación laboral.
El acuerdo entrará en vigor tras su publicación oficial, aunque sus efectos se producirán el 1 de enero de 2027, coincidiendo con la extinción de la actual empresa pública y la incorporación del hospital al Servicio Madrileño de Salud como centro de gestión directa.
El acuerdo concreta las condiciones que regirán este proceso en las siguientes materias:
- Equivalencia de categorías profesionales. El personal será encuadrado en los grupos, categorías, áreas de actividad y niveles salariales del Convenio Colectivo Único, atendiendo a la titulación exigida, las funciones desempeñadas y las características de su puesto de origen.
- Adaptación de las retribuciones. Las condiciones económicas se adecuarán a las tablas salariales del Convenio Colectivo Único. Cuando las retribuciones consolidadas sean superiores a las previstas en el nuevo encuadramiento, se aplicarán los mecanismos y complementos establecidos en el acuerdo para mantener las diferencias reconocidas, con el régimen de absorción que corresponda en cada caso.
- Regulación de los conceptos variables. Se prevé un plus de actividad para determinadas situaciones previamente reconocidas, entre ellas los incentivos vinculados a objetivos, las guardias y alertas de determinados colectivos no sanitarios, el turno deslizante y los módulos asociados a la exención de guardias. Su mantenimiento estará condicionado al cumplimiento de los requisitos fijados en el propio acuerdo.
- Reconocimiento de la antigüedad. Se conservará íntegramente la antigüedad ya consolidada y se tendrá en cuenta el tiempo transcurrido desde el último trienio reconocido para el cómputo del siguiente.
- Homologación de la carrera profesional. Los niveles de carrera profesional previamente consolidados serán homologados conforme al modelo aplicable en el Convenio Colectivo Único. Cuando la cuantía reconocida en el Hospital de Fuenlabrada sea superior, la diferencia se mantendrá mediante el correspondiente complemento personal transitorio.
- Continuidad de las jefaturas. El personal laboral podrá participar en las convocatorias de jefaturas en las mismas condiciones previstas para el personal estatutario. Quienes ya desempeñen estos puestos continuarán ocupándolos en las condiciones reconocidas en el momento de la integración.
- Mantenimiento de situaciones previamente reconocidas. Se respetarán las suspensiones de contrato, excedencias, promociones internas temporales y demás situaciones concedidas antes de la integración, garantizándose la subrogación en los derechos correspondientes.
- Régimen transitorio de las bolsas de empleo. Las bolsas actuales del Hospital Universitario de Fuenlabrada se mantendrán vigentes hasta la actualización de las bolsas de selección temporal del SERMAS, facilitando la inclusión del personal actual y la elección del hospital como centro de trabajo.
- El acuerdo tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de las modificaciones que puedan derivarse de futuros convenios colectivos.
Valoración de CSIT UNIÓN PROFESIONAL
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL valoramos favorablemente que el proceso negociador haya permitido establecer un marco específico para el personal que decida permanecer en el régimen laboral, aportando seguridad jurídica, estabilidad y una regulación expresa de sus condiciones profesionales y económicas.
El acuerdo responde a algunas de las principales preocupaciones trasladadas por la plantilla, especialmente en relación con la equivalencia de categorías, la protección de las retribuciones consolidadas, la antigüedad, la carrera profesional y las situaciones administrativas previamente reconocidas. También permite que cada profesional pueda adoptar una decisión de especial trascendencia (integrarse como personal estatutario o continuar como personal laboral) contando con una regulación más clara sobre las consecuencias de cada opción.
Con la aprobación del acuerdo se abre una nueva etapa centrada en garantizar su correcta aplicación. CSIT UNIÓN PROFESIONAL realizará un seguimiento exhaustivo del proceso, especialmente en los casos afectados por complementos transitorios, conceptos absorbibles, incentivos, pluses de actividad, homologación de la carrera profesional o equivalencias entre puestos y categorías. Por ello, permaneceremos vigilantes durante todo el proceso de aplicación, exigiendo que se desarrolle con transparencia, criterios homogéneos y pleno respeto a los derechos laborales, económicos y profesionales de la plantilla.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL mantiene su compromiso de que la integración se desarrolle sin pérdida de derechos ni perjuicio laboral, económico o profesional, y de que todas las personas afectadas puedan ejercer su elección de manera libre, informada y con plenas garantías.