Sobre la valoración de la experiencia en categorías laborales funcionarizables en el Concurso de Estabilización para el Grupo C/ C1 de Administrativos
Tras las gestiones realizadas por CSIT UNIÓN PROFESIONAL ante la Dirección General de Función Pública, porque no se está valorando la experiencia en las categorías laborales funcionarizables, cuando las plazas se han convocado para acceso a cuerpos funcionariales, como es el caso del Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, obviando el tribunal de selección lo que establece la disposición adicional 7ª del Acuerdo Sectorial y la disposición transitoria 1ª del Convenio Colectivo, esta Organización Sindical informa:
La Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección comparte el criterio defendido por CSIT UNIÓN PROFESIONAL: el Acuerdo Sectorial y el Convenio Colectivo deben cumplirse, por ello, en el proceso selectivo de Estabilización de empleo, para acceso al Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, tienen que valorarse los servicios prestados en las categorías laborales de Oficial Administrativo y Jefe de Negociado.
En este sentido, se nos informa de que se ha vuelto a indicar a los tribunales de selección estos criterios y, en caso de que no se hayan aplicado, procederán a la revisión y nueva valoración de los méritos acreditados.
No obstante, lo anterior no exime de que cada uno de los afectados puedan ejercer su derecho a reclamar, en plazo, contra la valoración provisional de los méritos si no estuvieran de acuerdo con la puntuación que les ha sido asignada. Asimismo, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que los méritos alegados se tienen que acreditar debidamente para hacer efectiva su valoración.