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El Mº de Sanidad presenta el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19

La pandemia provocada por el COVID-19 ha sido y sigue siendo el mayor desafío para la salud que hemos conocido en el último siglo, con dimensiones que han obligado a una gran mayoría de países a adoptar medidas excepcionales.

Por ello, el Ministerio de Sanidad, en consonancia con el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, han elaborado un Plan para logar los siguientes objetivos: reducir el impacto de la pandemia de COVID-19, limitando la circulación del SARS-CoV-2 mediante el fortalecimiento de los pilares que sustentan unas intervenciones oportunas y eficaces; y preparar las capacidades de España frente a un incremento de la transmisión, pudiéndose llegar a una segunda oleada.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL considera necesario dotar al Sistema Nacional de Salud de una mayor capacidad, a fin de ser capaz de hacer frente a posibles incrementos de la transmisión del COVID-19,  sin las tensiones a las que se ha visto sometido durante la crisis. Para tal cometido se requiere una acción amplia y coordinada, que incluye el aumento de los recursos humanos y materiales  en centros de salud y hospitales, la preparación en los ámbitos de Salud Pública, asistencia sanitaria y laboratorio, la compra extraordinaria de vacuna de la gripe y la preparación de las medidas farmacológicas y no farmacológicas frente al COVID-19 farmacológicas (compra de vacunas, investigaciones clínicas…), la activación de planes de contingencia, disponibilidad de Equipos de Protección Individual adecuados al tipo de atención, capacidad suficiente de camas de agudos y de cuidados críticos con capacidad de respiración mecánica invasiva,  capacidad suficiente de camas de agudos y de cuidados críticos con capacidad de respiración mecánica invasiva, establecer las medidas oportunas para la dispensación de medicamentos en modalidad no presencial, facilitar el regreso al funcionamiento habitual en el ámbito asistencial y garantizar programas de ayuda psicológica a los profesionales sanitarios, entre otros.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa de los principales aspectos que contiene el referido documento:

En relación al marco legislativo, se indica que todas las actuaciones de intervención deben ser adoptadas respetando el marco constitucional de distribución de competencias entre las comunidades autónomas y la Administración General del Estado. Así, las competencias, conforme a diferentes artículos de la Constitución Española, quedan distribuidas de la siguiente forma:

  • Estado: competencia exclusiva en materia de Sanidad Exterior, bases y coordinación general de la Sanidad, y legislación sobre productos farmacéuticos. 
  • En materia de Salud Pública, le corresponde al Estado la competencia en materia de Sanidad Exterior, además de lo referido a las bases y la coordinación general, reposando el resto del ámbito competencial de Salud Pública en las comunidades autónomas.

Respecto a los centros de trabajo, como uno de los entornos específicos de vital importancia, pues son ámbitos donde el riesgo de exposición es muy diverso y la caracterización del mismo debe hacerse coordina con los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) y los agentes sociales. Los centros de trabajo y los SPRL deben colaborar para la recopilación, registro y verificación de la información para poder planificar e intervenir adecuadamente:

  • La detección de un caso debe ponerse en conocimiento del servicio de prevención de riesgos laborales y notificarse con diligencia a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas oportunas, como son el aislamiento del caso y la indicación de cuarentena de los contactos estrechos.
  • La detección de un brote debe ir acompañada de una evaluación del riesgo del SPRL en coordinación con Salud Pública de propagación de la enfermedad. Entre las opciones de escalada de las medidas de respuesta están las siguientes: Intensificación de las medidas de prevención en el centro laboral y cierre del espacio afectado, si se ha organizado en sectores independientes, o el cierre del centro de trabajo.
  • Se deben actualizar los planes de continuidad para garantizar un nivel de actividad laboral en previsión de un incremento de la incidencia.
  • Las medidas de distanciamiento en el entorno laboral contemplan la flexibilidad en el horario de trabajo, la posibilidad de trabajar desde el domicilio, realizar reuniones por video-conferencia, fomentar medidas de distanciamiento físico dentro del espacio de trabajo, turnos escalonados, la promoción del uso de medidas de protección individual, etc. 
  • Las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado con el SPRL para valorar conjuntamente la situación e implementar medidas acordes con el riesgo.
  • La Inspección de Trabajo está habilitada para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento de las empresas de las medidas de salud pública establecidas para proteger a los trabajadores.

También son de especial interés las poblaciones especialmente vulnerables, puesto que determinados contextos con esas poblaciones o en exclusión social, pueden dificultar el manejo de los casos y el control de la enfermedad, así como, un riesgo adicional para propagar la transmisión de la enfermedad. En estos casos, se debe:

  • Garantizar que todas las personas socialmente vulnerables tienen acceso los servicios de prevención, diagnóstico y atención sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, especialmente si están diagnosticadas de COVID-19 o han estado en contacto estrecho con un caso. 
  • Garantizar espacios adecuados para las medidas de aislamiento o cuarentena, cuando las viviendas no reúnen las condiciones necesarias. Además, los espacios cerrados, mal ventilados y con hacinamiento suponen un riesgo especialmente elevado de propagación del SARS-CoV-2.
  • Abordar los determinantes sociales en el riesgo de propagación y tenerlos en cuenta para modular la intensidad de las intervenciones.

VER DOCUMENTO COMPLETO:

Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19, de fecha 16/07/2020, del Mº de Sanidad


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