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COVID-19: La Consejería de Sanidad publica una nueva orden con las medidas preventivas de Salud Pública en la CM

El BOCM publica la Orden 344/2020, de 10 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Madrid como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus.

Medidas preventivas:

  1. La realización a puerta cerrada de los grandes eventos deportivos profesionales y no profesionales, nacionales e internacionales, que tengan una gran afluencia de aficionados. Esto incluirá los partidos de primera y segunda división de fútbol y sus equivalentes de baloncesto y todos aquellos que comporten un número importante de movimiento de aficionados.
  2.  La suspensión de actividades colectivas celebradas en espacios cerrados y que impliquen a más de 1.000 personas. En caso de que estas actividades tengan un aforo de menos de 1.000 personas podrán celebrarse si únicamente se cubre un tercio del aforo. Estas medidas se aplicarán a eventos de ocio, culturales y similares.
  3. La suspensión de la actividad formativa presencial en todas las entidades públicas o privadas que imparten formación profesional para el empleo, formación para autónomos, emprendedores y entidades de economía social, en el marco de los programas gestionados y/o autorizados por la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid.
  4. La suspensión de la apertura al público de la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid, así como de las bibliotecas de las universidades del territorio de la Comunidad de Madrid.
*La duración de las medidas a que se refiere el apartado anterior, que se fijarán para cada caso, sin perjuicio de las prórrogas sucesivas acordadas por resoluciones motivadas, no excederá de lo que exija la situación de riesgo inminente y extraordinario que las justificó. 

VIGENCIA:

Las medidas preventivas previstas en esta Orden tendrán una vigencia de quince días naturales, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva.


Más información:

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/03/11/BOCM-20200311-1.PDF


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