Pregunta para la Corporación y los sindicatos firmantes del “Acuerdo churrero de Policía”: UPM, CCOO Y UGT
Antes de realizar la pregunta, CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de POLICÍA LOCAL ASOCIADA (P.L.A.) explicarán a los compañeros de Policía Municipal de Madrid lo siguiente:
la hora dentro de la jornada laboral establecida.
¿Qué es una Hora Ordinaria?
Respuesta: Es la hora dentro de la jornada laboral establecida.
¿Cómo se calcula el valor de la “Hora Ordinaria”?
Respuesta: Sueldo base + Complemento de Destino + Complemento Específico, y se divide entre las horas anuales. El resultado es el valor de una hora ordinaria.
¿Qué es una Hora Extraordinaria?
Respuesta: Son todas aquéllas que se realicen de más sobre la jornada ordinaria de trabajo.
¿Cómo se calcula el valor de la Hora Extraordinaria?
Respuesta: Se toma como referencia el valor de la Hora Ordinaria, y se le da un valor añadido. Tomando como referencia la sentencia del TAN 02655/17
¿Qué valor tiene una Hora Ordinaria en la categoría de Policía de un turno diurno (mañana y tarde)?
Respuesta:
En Jornada de 37,5 horas semanales (1.560 horas anuales) = 20,74 Euros.
En Jornada de 35 horas semanales (1.505 horas anuales) = 21,50 Euros.
¿Cuánto cobran de media la hora extraordinaria los policías locales del resto de municipios de la CM?
Respuesta:
Como media: 26 Euros el valor de la Hora Extraordinaria diurna y 33 Euros la Hora Extraordinaria en fines de semana y nocturnos.
Alrededor de 50 Euros los días de especial realización.
¿Qué valor tiene una Hora Extraordinaria en el nuevo “Acuerdo Churrero de Policía Municipal de Madrid”?
Respuesta:
Hora Extraordinaria diurna (L-V) = 19 Euros.
Valor de una hora de la venta de días del “Acuerdo de Policía” = 20 Euros.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de POLICÍA LOCAL ASOCIADA (P.L.A.) preguntan a la Administración y a los sindicatos firmantes:
¿POR QUÉ SE SIGUE PAGANDO EN ESTE NUEVO ACUERDO