Abierta la 2ª fase del CAP para Personal Laboral del IV C.U.A.G.E.
Han sido publicadas el 23 de junio de 2023, en el portal web la Secretaria de Estado de Función Pública, las informaciones relativas a la apertura de la 2ª fase del concurso abierto y permanente de traslados de Personal Laboral del IV CUAGE, cuyo plazo de presentación de solicitudes es el 26 de junio al 5 de julio de 2023, ambos incluidos.
Desde este enlace accedéis al Anexo I, con el Listado de puestos.
Otros enlaces de interés son:
- Instrucciones para la presentación y desistimiento de solicitudes
- Preguntas frecuentes
- Documento informativo de titulaciones y especialidades
- Directorio de contactos Unidades de Personal de Ministerios y Organismos
La solicitud hasta el 5 de julio, inclusive, ha de presentarse por medios telemáticos a través del Portal FUNCIONA (acceso a través de la Intranet) o de la Sede FUNCIONA (acceso a través de Internet). Para acceder a FUNCIONA, debes disponer de certificado electrónico (DNI-e o certificación de la FNMT). Además, la solicitud siempre debe estar firmada por la persona solicitante.
Aviso:
Ante cualquier problema técnico u operativo para acceder a FUNCIONA o para cumplimentar la solicitud, debéis cursar la incidencia a través del Centro de Atención a Usuarios (CAU), Sistema Integrado de Gestión de Personal: https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/SIGP. Podrán cursarse hasta las 10:00 (a.m.) del último día de presentación de solicitudes, no se atenderán incidencias presentadas después de esa hora. Debe indicarse de forma clara y precisa qué tipo de solicitud se está intentando hacer (solicitud de participación en el CAP del IV CUAGE) con la descripción detallada del error o problema concreto que impide avanzar en el proceso, se debe adjuntar capturas de pantalla que muestren el error/mensaje/incidencia. Una vez recibida la contestación del CAU, han de seguirse sus instrucciones y, en el caso de que el problema persista, reabrir la incidencia cuantas veces sea necesario explicando la situación.
No se admitirán solicitudes presentadas a través de Registro Oficial si no se acredita que se ha cursado la correspondiente incidencia al CAU y que éste, al no haber podido resolver la incidencia, haya indicado expresamente que puede presentarse a través de Registro Oficial, en cuyo caso la solicitud ha de dirigirse al órgano de personal correspondiente al Ministerio u Organismo en el que se preste servicio, se tenga reserva de puesto o, de no tener puesto reservado, en el que se haya prestado servicio por última vez.