El T. Constitucional deja sin efecto, de momento, el RDL que integraba las clases pasivas en la S. Social, sin cerrar la puerta a que sea por otra vía
El Constitucional ha dictaminado ahora que el RDL 15/2020 que publicó el gobierno en el BOE del 22 de abril de 2020, no es la vía para integrar a las clases pasivas en la Seguridad Social.
Durante el infierno que vivía España, en el BOE del 22 de abril de 2020, el gobierno dictaba el Real Decreto-Ley 15/2020 del 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, mezclado entre la espesura de otras numerosas medidas sobre la situación de pandemia.. En el mismo, marcaba la integración de las clases pasivas, hasta entonces dependientes del Ministerio de Hacienda, en la Seguridad Social. CSIT UNIÓN PROFESIONAL fue el primero en darse cuenta de semejante ardid, mucho antes que cualquier otro sindicato o medios de comunicación tal y como os informamos el 23/4/2020.
Poco más de un año después el Tribunal Constitucional viene a dar la razón a lo que en su momento manifestamos entonces en cuanto a que dicho trasvase de las Clases Pasivas a la Seguridad Social no se debía hacer por Real Decreto Ley (RD-L) pues además de esconderlo entre otras medidas de extrema importancia y sin ninguna relación, no era este asunto en el que concurriera la extrema urgencia y necesidad propias para el dictado de un RD-L.
Así pues, el Tribunal Constitucional anula ahora varias de las disposiciones de aquel RD-L y viene a decir que la vía del Real Decreto-Ley no es válida para el traspaso de las Clases Pasivas gestionadas por el Ministerio de Hacienda a ser gestionadas por la Seguridad Social. Sin embargo, esto no quiere decir que a corto o medio plazo y por la vía “legal”, proposición de ley discutida y votada en el Congreso, no se lleve a efecto este traspaso o mediante Proyecto de Ley. No en vano, como ya os informamos, previamente el RD 2/2020 reestructuraba los departamentos ministeriales y, en su art. 22 ya establecía: "Corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas".
Lamentablemente desde el Área de Administración General del Estado de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, pensamos que esta sentencia del Constitucional solo supone un pequeño retraso al proyecto, de integrar plenamente a las Clases Pasivas en el Régimen General de la Seguridad Social, por lo que esperamos que, al menos, se haga respetando los derechos adquiridos y que esta nueva situación solo sea aplicable a los empleados públicos de nueva incorporación.