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Adscripción de categorías al Grupo B y reclasificación del C2 al C1 para los funcionarios del Estado

Doce años lleva en vigor el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) que establece los grupos de clasificación profesional del personal funcionario entre los que está el Grupo B y el derecho a la Promoción Profesional de los Funcionarios.

El Art. 16 del EBEP establece:

"1. Los funcionarios de carrera tendrán derecho a la promoción profesional.

2. La Carrera Profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

A tal objeto las Administraciones Públicas promoverán la actualización y perfeccionamiento de la cualificación profesional de sus funcionarios de carrera."

Durante doce años los sindicatos CSIF, CC.OO y UGT han sido los únicos interlocutores que la Administración ha considerado válidos para cualquier tipo de negociación y no han sido capaces de lograr un acuerdo para la ocupación del Grupo B y el derecho a la Promoción Profesional de los Funcionarios.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL exige la adscripción de categorías al Grupo B y la reclasificación del Grupo C2 al C1, según EBEP y con las siguientes condiciones:



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