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Cómo solicitar el teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid

El BOCM ha publicado el modelo de solicitud para que a los empleados públicos de la Administración de la CM les autoricen sus respectivas unidades de personal, la prestación de esta modalidad de trabajo recientemente reglamentada.

Este modelo ha sido publicado en el BOCM del viernes 16 de octubre de 2020, Resolución de 30 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el modelo de solicitud para la autorización de la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo, con el objetivo de llevar a cabo una normalización en las solicitudes presentadas.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL queremos informar de que la resolución producirá efectos a partir del domingo, 18 de octubre de 2020, fecha de entrada en vigor del Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid

Lo más importantes es que, previamente hay que darse de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid al cual puedes acceder pinchando aquí.

La información para saber si tu puesto es susceptible de teletrabajo, requisitos a cumplir, documentación a presentar y poder llevar a cabo la correspondiente solicitud de autorización la puedes encontrar en el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o pinchando aquíEsta página, a su vez, te llevará al enlace para la correspondiente solicitud telemática en Gestión - Tramitar.

Asimismo, en la misma página, puedes encontrar las instrucciones para la cumplimentación y presentación del modelo o puedes descargarte el pdf pinchando aquí

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