CSIT UNIÓN PROFESIONAL rechaza la privatización del servicio de limpieza y fija su posición sobre la movilidad forzosa
En el punto primero de la Comisión Paritaria, la Administración ha planteado una propuesta de criterios para aplicar la movilidad forzosa al personal auxiliar de servicios de las instalaciones deportivas, como consecuencia de su decisión de privatizar el servicio de limpieza de estos centros.
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL hemos estructurado nuestra posición en dos planos claramente diferenciados.
1. Rechazo frontal a la decisión de privatizar el servicio de limpieza
CSIT UNIÓN PROFESIONAL rechaza la privatización del servicio de limpieza por considerar que no aporta ni una mejora en la calidad del servicio público ni un beneficio económico para las arcas públicas.
En primer lugar, entendemos que cualquier proceso de privatización debería justificarse, al menos, por uno de estos dos motivos:
- Que la gestión privada suponga una mejora objetiva en la calidad del servicio público.
- Que resulte más eficiente y rentable desde el punto de vista económico.
En relación con la calidad del servicio, consideramos que la privatización tiene como consecuencia inmediata la pérdida de control directo por parte de la Administración. Al externalizar el servicio, la Administración pierde la capacidad de intervenir de manera inmediata en la organización del trabajo y en la corrección de las incidencias que se producen en la gestión diaria. Esta pérdida de control redunda, inevitablemente, en una peor capacidad de respuesta ante deficiencias del servicio.
Además, no puede obviarse que el objetivo esencial de cualquier empresa privada que gestiona un servicio público es la maximización del beneficio económico. Con el paso del tiempo, el interés empresarial se centra en reducir costes y aumentar márgenes, quedando la calidad del servicio en un segundo plano. La combinación de estos dos factores —pérdida de control público y primacía del beneficio económico— juega claramente en detrimento de la calidad del servicio.
Por tanto, desde este punto de vista, no existe ningún interés público que justifique la privatización.
En segundo lugar, desde el punto de vista económico, tampoco se sostiene que la externalización sea más rentable. El presupuesto de la empresa que previsiblemente resultará adjudicataria fue considerado inicialmente como baja temeraria, al situarse muy por debajo de los costes medios del mercado.
Ese presupuesto supone, en términos aproximados, 1.200.000 euros anuales. Si esa cantidad se destinara a gestión directa, teniendo en cuenta los salarios y cotizaciones sociales del personal auxiliar de servicios, permitiría crear en torno a 44 puestos de trabajo a jornada completa, y entre 50 y 54 puestos si parte de ellos fueran a tiempo parcial.
Esto significa que la gestión directa del servicio, con una plantilla suficiente para garantizar su correcto funcionamiento, tendría un coste similar al de la externalización, con la diferencia de que:
- Los salarios del personal público tributan por IRPF, generando un retorno económico directo a las arcas públicas.
- En el caso de la empresa privada, ese retorno fiscal no se produce.
En consecuencia, tampoco desde el punto de vista económico puede afirmarse que la privatización sea más rentable.
Por todo ello, CSIT UNIÓN PROFESIONAL rechaza la decisión de privatizar el servicio de limpieza, al no aportar ni mayor calidad, ni mayor eficiencia en el uso del presupuesto público.
2. Propuestas de CSIT UNIÓN PROFESIONAL ante una movilidad forzosa impuesta
Sin perjuicio de nuestro rechazo a la privatización, y ante una decisión que la Administración plantea como irreversible, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha entrado a valorar los criterios que deberían aplicarse en el traslado forzoso del personal afectado.
En este sentido, hemos planteado:
1.- Oferta amplia de destinos, que no se limite estrictamente a las 48 personas afectadas, sino que incluya un número mayor de plazas, garantizando opciones reales de elección para todo el personal.
2.- Respeto íntegro de las condiciones laborales y económicas, conforme al convenio colectivo:
- Jornadas de lunes a viernes para quienes actualmente trabajan en ese régimen.
- Jornadas de lunes a domingo para quienes prestan servicio en ese sistema.
- Mantenimiento del turno de noche para quienes lo realizan en la actualidad.
3.- En caso de que no sea posible mantener el turno de noche, hemos propuesto la creación de un complemento personal equivalente al actual plus de nocturnidad, de manera que el personal afectado no vea reducidas sus retribuciones si se le asigna un turno diurno.
4.- Que el personal con contrato a tiempo parcial pueda optar, si así lo desea, a puestos a jornada completa dentro del proceso de movilidad.
5.- Que este traslado forzoso no compute como movilidad voluntaria, a efectos del concurso de traslados, y no penalice al personal con la exigencia de dos años de permanencia mínima en el nuevo destino.
Posición final en la Comisión Paritaria
Tras el debate mantenido en la Comisión Paritaria, y ante la ausencia de un documento escrito de la Administración que recoja de forma clara y detallada los criterios propuestos, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha manifestado que no puede dar su visto bueno a ninguno de los criterios de manera aislada, sin conocer el conjunto completo y sin que consten negro sobre blanco.
Esta posición ha sido compartida por el resto de organizaciones sindicales, que también han rechazado pronunciarse sin un documento que garantice los términos concretos de la movilidad forzosa.
Como conclusión, se ha considerado que no sea la Comisión Paritaria quien adopte esta decisión, y que los criterios definitivos sobre el traslado forzoso se definan, negocien y acuerden directamente en una reunión con la Consejería, con todas las garantías para el personal afectado.