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Reclamación para que los trienios reconocidos como personal laboral te los paguen en la misma cuantía aunque pases a ser funcionario

Si, como personal Laboral te abonaban tus trienios a un importe superior al que te los retribuye la Administración una vez adquirida la condición de Funcionario, CSIT UNIÓN PROFESIONAL pone en marcha, en exclusiva para afiliados, un servicio de Asesoría Jurídica gratuita para iniciar por la vía contencioso-administrativa, la reclamación económica individual de este concepto.

En la Administración de la Comunidad de Madrid, recientemente y como consecuencia de la resolución de procesos selectivos como la Promoción cruzada o la Funcionarización, hay empleados públicos que están adquiriendo en estos meses la condición de Funcionarios de carrera. Aunque hay sentencias firmes del Tribunal Supremo que obligan a la Administración a abonar los trienios al importe correspondiente a la categoría profesional en la que fueron obtenidos, lamentablemente la Comunidad de Madrid no lo hace de oficio. CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha insistido en reuniones mantenidas con la Administración sino que opta por pagar el concepto de antigüedad con la cuantía correspondiente al nivel que adquiere el trabajador al pasar al régimen funcionarial. De esta forma, la Administración obliga a cada trabajador que pase de personal laboral a personal funcionario, a reclamar judicialmente esa diferencia salarial que le corresponda en cada caso.  

Si estás entre estos casos, recuerda que las reclamaciones son individuales y que, por tanto, solo la podrás realizar con, al menos, la primera nómina que recibas en calidad de funcionario de carrera y una vez comprobado que los importes por trienio abonados no se corresponden con los que te abonaban durante tu etapa como personal laboral.

Puedes reclamar de forma individual todas las diferencias económicas que existan entre el importe por trienio abonado como personal laboral y el que se te abona como personal Funcionario. Las reclamaciones de las cantidades se pueden realizar para máximo cuatro años de carácter retroactivo, en el caso de que seas Funcionario de carrera y tengas periodos trabajados como personal laboral en los que devengaste uno o más trienios que te fueron abonados a un importe superior al que te los pagan ahora, desde que adquiriste tu condición de funcionario.

Para poder iniciar la reclamación judicial, si eres afiliado, rellena este formulario para la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL. Nos pondremos en contacto contigo para indicarte la documentación y datos a aportar y darte la cita previa, preceptiva en cada caso. Si eres Delegado de CSIT UNIÓN PROFESIONAL puedes entrar con tu usuario y contraseña y consultar la documentación disponible.

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