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Reclamación por daños y recargo de prestaciones derivados del contagio COVID-19 en el trabajo

Los profesionales sanitarios y no sanitarios habéis vivido los peores momentos de vuestra vida profesional y personal con esta pandemia, desarrollando vuestro trabajo en condiciones calamitosas y con la constante falta de medios de protección individual, bajo riesgo de contagio y, en muchos casos, con trágicas consecuencias.

La disminución de los niveles de protección por la ausencia de equipos de protección individual, su insuficiencia e inadecuación incluso con material defectuoso y no testado, ha llevado a contagios masivos e indiscriminados que han puesto en riesgo, no solo la salud e integridad física de profesionales, sino la de su entorno personal, familiar y profesional: más del 20 % de los contagiados totales por coronavirus en nuestro país sois personal del ámbito socio-sanitario.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL considera que, aunque nada compensará lo vivido, es el momento de que nuestra administración sanitaria responda económicamente por las consecuencias de esa caótica gestión y por el permanente e inaceptable incumplimiento del deber de prevención y protección para con vosotros.

Por ello, la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL pone a disposición de todo el personal sanitario y no sanitario contagiado, un servicio exclusivo para reclamar de forma individual el resarcimiento de los daños causados y solicitar el recargo de prestaciones económicas por deficiente aplicación de las medidas de prevención de riesgos laborales durante el tiempo que has permanecido en incapacidad temporal por este accidente de trabajo. 

Si eres uno de los afectados:

Ponte en contacto con la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL hasta el 31 de agosto de 2020 para que te informemos de los pasos a seguir y la documentación a aportar. Por teléfono: 91.591.35.41

asesoriajuridica@csit.es

Ten en cuenta que el procedimiento administrativo y/o judicial será gratuito si eres afiliado (exclusivamente, de las cantidades percibidas se detraerá el 5% en concepto de gastos de gestión procedimental).

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