Inicio / Administración Autonómica / Detalle

Noticias CSIT

Regulación de la bolsa de horas para conciliación

Preguntas y Respuestas sobre Convenio y Acuerdo CM 2018 -2019: ¿Cómo se ha regulado la BOLSA DE HORAS para favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con el trabajo?

¿Cómo se ha regulado la BOLSA DE HORAS para favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con el trabajo?

La bolsa de horas de libre disposición para favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con el trabajo, se establece sobre un máximo del 5% de la jornada anual, 82 horas u 11 jornadas de trabajo completas y debe acreditarse uno de los siguientes supuestos:

- Por razón del calendario escolar para el cuidado de menores de 12 años o hijos con discapacidad igual o superior al 33%, con un máximo anual de 30 horas en jornadas completas.
- Por razón de enfermedad grave de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, siempre que se haya disfrutado el permiso correspondiente y continúe la enfermedad grave, con un máximo anual de 30 horas en jornadas completas.
- Por razón de enfermedad de hijo menor de 12 años o con discapacidad igual o superior al 33%, que por su carácter leve no dé lugar a permiso, máximo anua de 30 horas en jornadas completas.

- Otros supuestos similares que pueda establecer la Comisión Paritaria.
Se podrán acumular antes o recuperar después de su uso, en todo caso, se faculta a los calendarios laborales para que establezcan la forma y plazo de recuperación dentro del año natural.
Asimismo, los calendarios laborales podrán establecer los límites del disfrute parcial de estas horas en varias jornadas de trabajo.
El disfrute de estas horas está sujeto a autorización por el órgano competente en materia de personal, que las autorizará cuando sea compatible con las necesidades organizativas o del servicio.



Etiquetas:

Relacionados:

(24 Archivos)