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CSIT UNIÓN PROFESIONAL denuncia las desigualdades que existen en la administración de Justicia

FUNCIONARIOS DE JUSTICIA DE COMUNIDAD DE MADRID CSIT UNIÓN PROFESIONAL reclama al Ministerio de Justicia que adopte las medidas necesarias que vengan a solventar los agravios comparativos que se suceden de manera reiterada en la Administración de Justicia. Las desigualdades se originan en torno a dos ejes:

1. FUNCIONARIOS QUE REINGRESAN EN EL SERVICIO ACTIVO DESDE ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL O DESDE OTRO CUERPO EN ACTIVO:

La Orden de 8 de enero, del Ministerio de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, establece: “En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran adscritos provisionales en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino, un permiso retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.”

Por este motivo, desde esta Organización Sindical consideramos que no existe razón alguna para aplicar una regulación diferente y más deficiente a los funcionarios reingresados que se encuentran en servicio activo en otro cuerpo o bien adscritos provisionalmente en otros destinos, ya que esto genera graves disfunciones en la Administración, además de acentuar desigualdades respecto a los compañeros que concursan de forma ordinaria, cuando las situaciones son “esencialmente” iguales. CSIT UNIÓN PROFESIONAL insta al Ministerio a que se proceda a modificar la anterior orden y las futuras, a fin de equiparar a los funcionarios reingresados procedentes de otro puesto de servicio activo en la Administración de Justicia con los funcionarios que no realizan reingreso.

2. COMISIONES DE SERVICIO DE ÓRGANOS DE NUEVA CREACIÓN:

La Administración conoce de primera mano las discrepancias que se originan entre los funcionarios a los que se les concede informe favorable y los que no, por parte del letrado del órgano correspondiente. Para solucionar esta desigualdad, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha solicitado al Ministerio de Justicia que, en la presente convocatoria de Comisión de Servicio, así como en futuras, se omita el requisito de informe favorable del letrado competente. En su lugar, CSIT UNIÓN PROFESIONAL entendemos necesario, a la par que más adecuado legalmente (aunque más lento de gestionar, que los órganos de nueva creación se provean por personal mediante el procedimiento ordinario legalmente prescrito: la reposición del concurso de traslado para dichos órganos de nueva creación.

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