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Nuevo Acuerdo para los Trabajadores del Organismo Autónomo Madrid 112

La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y la Administración firman un nuevo Acuerdo para el colectivo que reconoce la singularidad de su jornada laboral, da cumplimiento en materia de Salud Laboral y aporta un Seguro de Responsabilidad Civil y defensa jurídica para los trabajadores, entre otros.

Este documento, firmado ayer por el Presidente del Comité de Empresa del Organismo Autónomo Madrid 112, es el compromiso de este Gobierno regional para dar cumplimiento a los aspectos del Acuerdo alcanzado con la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno en junio de 2016, cuya falta de cumplimiento provocó la huelga iniciada el 10 de enero y el encierro posterior de la plantilla, desconvocado ya a fecha de hoy.

 

El nuevo Acuerdo, que reconoce la singularidad de la jornada de trabajo en régimen de turnos los 365 días del año y las 24 horas, establece los mecanismos de compensación en tiempo y pone en marcha de forma inmediata las recomendaciones alcanzadas en materia de salud laboral.

 

En tanto en cuanto al contenido del documento firmado, caben destacar los siguientes aspectos:

Premisas de turno rotativo:

  • Jornada: 1.642 horas.
  • A fin de compensar la singularidad de la jornada laboral del personal laboral de la plantilla, se aplicará un coeficiente de ponderación de b1,052 sobre la jornada anual ordinaria. Se percibirán los pluses/complementos que se vengan abonando: complemento turno rotativo 112, plus de actividad, complemento jornada localizable 112 para las jornadas correspondientes y nocturnidad, según se establezca en el Convenio.
  • Compensación por 24, 31 de diciembre. El 15 de mayo, según marque el Convenio Colectivo.
  • 5 jornadas de formación.
  • Jornadas de 8 horas y 20 minutos (1.496 horas. 180 turnos)

 

Otras consideraciones a tener en cuenta:

  1. En relación al punto 3 del Acuerdo 2016, referente a la articulación de mecanismos de compensación en tiempo con los que dar respuesta satisfactoria al desarrollo de la actividad en todos los turnos los 365 días, Madrid 112 y los sindicatos acordamos elevar el contenido de este acuerdo a sus representantes en la comisión negociadora del Convenio.
  2. Modificación epígrafe “jornadas provenientes de la Ley 6/2011” del calendario vigente en 2018. Sobre esta jornada, se compensarán los siguientes conceptos: sesión de formación a realizar en horario de mañana (a realizar uno de los días propuestos por formación que no coincida con turno presencial en sala) y 3 jornadas de formación on-line.
  3. Se habilitará partida presupuestaria 2019 para la contratación de un seguro de responsabilidad civil y defensa jurídica de los trabajadores. Se activará, si la circunstancia lo requiere, el Protocolo general de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de violencia en el trabajo en la Administración de la CM.
  4. Se presentará un informe sobre el estado de cumplimiento de las actuaciones recogidas en el Comité de Salud Laboral y Seguridad.
  5. En turno de Retén, la disminución de la jornada que proceda se aplicará en la misma proporción que existe en la actualidad entre turnos presenciales y turnos de retén, aplicando el valor hora/jornada de retén que establezca el Convenio Colectivo.

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