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CSIT Informa

Personal Laboral 28/07/22

Cobertura de vacantes de Educadores Infantiles. Tema tratado en la Comisión Paritaria de 28/07/2022

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL informamos de los asuntos tratados en la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, celebrada el 28 de julio 2022, que se centró en el tema de la cobertura de vacantes de Educadores Infantiles, al tener que aplazarse los temas relacionados con Cultura.

En la reunión de la Comisión Paritaria celebrada en junio de este año, la Administración informó de la creación de tres unidades en varios centros educativos para impulsar la escolarización en la primera etapa del Ciclo de Educación Infantil (de 0 a 3 años). En concreto 46 aulas en diversos colegios públicos de educación infantil y primaria.

A raíz de ello, se procedió a llevar a cabo un proceso de movilidad voluntaria para cubrir los nuevos puestos que se iban a crear. CSIT UNIÓN PROFESIONAL ya planteó en su momento que los requisitos necesarios para optar a las mismas eran excesivamente exigentes y, aunque desde la Dirección General se moderaron bastante, el resultado fue que no se cubrieron todas las plazas, quedando algunas vacantes que al final han sido cubiertas por aquellos educadores que participaron en dicho proceso y quedaron excluidos por no cumplir los mencionados requisitos.

La Administración informa que, una vez confirmaron que no se cubrían todas las plazas a través del mencionado proceso que se llevó a cabo en un mes y medio aproximadamente, las opciones para cubrir las vacantes eran: acudir al SEPE, optando por personal de fuera de la Comunidad de Madrid; llevar a cabo un nuevo proceso de movilidad, lo cual era inviable en cuanto se requería llevar a cabo la cobertura en menos de tres días; y, por último y la opción menos gravosa en opinión de la Administración, ofertar dichas plazas al personal excluido del proceso en riguroso orden de valoración, en base a la potestad de organización de la Dirección General y sobre la base de una movilidad forzosa por razón organizativa.

Tanto CSIT UNIÓN PROFESIONAL como el resto de organizaciones sindicales entendemos que esto ha supuesto un agravio comparativo para aquel personal que, pudiendo estar interesado en alguna de las plazas, no había participado en el proceso por entender que no cumplían todos los requisitos exigidos. Tal y cómo había ocurrido con el personal excluido. Y esperamos que de cara a otros procesos parecidos se encuentre una solución que impida este tipo de actuación.

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