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Aprobado el Acuerdo de fijación de los Criterios Generales de Procesos Selectivos

Tras varias reuniones y una última valoración en las Comisiones de Seguimiento y Paritaria celebradas en estos días, ya es definitivo el Acuerdo en el que se fijan los criterios generales aplicables al concurso en las Convocatorias Extraordinarias de Estabilización de Empleo 21/22 no convocadas aún, a falta de su firma y publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL os resumimos los puntos más importantes del Acuerdo:

  • Los méritos se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, correspondiendo 70 puntos a la experiencia acreditada y 30 puntos a otros méritos.
    • Dentro de los 70 puntos por experiencia acreditada, siendo computada la prestación de servicios a tiempo parcial de forma proporcional al porcentaje de jornada efectiva desarrollada:
      • Si es en el mismo cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,30 puntos por mes trabajado.
      • Si es en distinto cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,20 puntos por mes trabajado.
      • Si es en el mismo o equivalente cuerpo/escala/categoría en otra Administración Pública0,15 puntos por mes trabajado.
    • Dentro de los 30 puntos por otros méritos:
      • Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 20 puntos.
        • Con duración de 10 a 20 horas: 0,10 puntos.
        • Con duración de más de 20 horas hasta 30 horas0,20 puntos.
        • Con duración de más de 30 horas hasta 70 horas o más de dos meses0,40 puntos.
        • Con duración de más de 70 horas hasta 150 horas o más de cuatro meses0,80 puntos.
        • Con duración de más de 150 horas hasta 300 horas o más de seis meses: 1,40 puntos.
        • Con duración de más de 300 horas o un curso académico: 2 puntos.
      • Superación de, al menos, un ejercicio en una convocatoria anterior para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 5 puntos por cada una, hasta un máximo de 10 puntos.

No debemos olvidar que las plazas a convocar en los procesos selectivos objeto de este acuerdo, son las incluidas en las OEP 2021 Y 2022, cubiertas antes del 1 de enero de 2016, y que no han sido convocadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo en breve.

Para descargar el Acuerdo de Criterios Generales de Procesos Selectivos Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, pincha aquí.

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