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Personal Docente 28/05/21

Publicada en el BOCM la regulación de las comisiones de servicios humanitarias docentes 2021-2020

En la regulación de estas comisiones para el curso que viene, se especifica que van destinadas a funcionarios de carrera con enfermedad, enfermedad grave de un familiar u otras situaciones extraordinarias, que cumplan los requisitos establecidos en la propia resolución.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado hoy la resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se regula el procedimiento de solicitud y concesión de comisiones de servicio de carácter personal (humanitarias) para el curso escolar 2021/2022.

Podrán optar a estas comisiones de servicio, los funcionarios de carrera de Cuerpos Docentes del ámbito de la Comunidad de Madrid y procedentes de otras comunidades autónomas cuando acrediten documentalmente que se encuentran en alguna/s de las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad propia.
  • Enfermedad grave de un familiar de primer grado de consanguineidad o afinidad.
  • Otras situaciones extraordinarias que afecten al normal desarrollo de las funciones docentes, siempre que estén debidamente argumentadas y acreditadas.

Si estás interesado, puedes descargarte la Resolución con los requisitos y demás información:

Resolución regulación Comisiones de servicio de carácter personal docentes 2021-2022.

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