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La distribución del Fondo del 0.25% de la masa salarial de los Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid se cierra sin unanimidad en el Acuerdo

En la segunda reunión de la Mesa General de los Empleados Públicos la Comunidad de Madrid para la distribución del fondo del 0,25% de la masa salarial, la Administración ha presentado una segunda propuesta:

Esta propuesta está absolutamente alejada de la anterior en la que ha eliminado por un lado los 507.561,29 € que iban destinados a MIR, profesores especialistas, de religión, etc y por otro, ha roto completamente los criterios de reparto establecidos en el Acuerdo del pasado año para el Personal de Administración y Servicios (Convenio y Acuerdo de Funcionarios).

En su nueva propuesta, la Administración elimina la solución que se daba a la injusta situación en la que se encuentran los Técnicos y Diplomados de Salud Pública y que, además, coincidía con el criterio adoptado en 2018 cuando se firmó la modificación de los Agentes Forestales por todos los sindicatos.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha planteado hoy una propuesta para que se siguiera manteniendo la modificación del complemento específico de Técnicos y Diplomados de Salud Pública, que se recuperasen los 507.561,29 € retirados y que se hiciera un reparto universal para el conjunto de colectivos, propuesta que, en su totalidad, no ha sido aceptada por la Administración ni por los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.

Paradójicamente, CCOO y UGT se oponen este año a esta distribución en Comunidad de Madrid, mientras que en el Estado acaban de firmar, el pasado 4 de marzo, la aplicación de ese 0,25 % a colectivos concretos. Sí que hemos conseguido que aparezcan de nuevo en el Acuerdo los 507.561,29 €, que es la única fórmula para que los trabajadores afectados puedan recibir este fondo.

Por todo lo expuesto, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha votado que no a esta segunda propuesta de la Administración.

En todo momento, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha actuado de manera congruente, solidaria entre trabajadores, haciendo una propuesta que no perjudicase a ningún colectivo, y cumpliendo con los objetivos de garantizar el interés del conjunto de los empleados públicos afectados por su contenido.



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