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Función Pública de la Comunidad de Madrid emite la Resolución sobre la reincorporación a la actividad presencial de sus empleados públicos

La Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid ha remitido a las estructuras de la Administración afectadas, la Resolución por la que se aprueban las Instrucciones sobre el Procedimiento y medidas de incorporación a los puestos de trabajo de los empleados públicos de la C.M. con motivo de COVID-19.

Como os informábamos ayer, esta Resolución plasma el Acuerdo que alcanzamos unánimemente en la Mesa General de Empleados Públicos de la CM sobre el Procedimiento y Medidas de incorporación a los puestos de trabajo de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid con motivo del Covid-19, estableciendo instrucciones para la incorporación progresiva a la actividad presencial del personal de Administración y Servicios de la CM (excepto personal adscrito a instituciones sanitarias públicas, dado que disponen de su propio Sº de Prevención), y garantizando que sus funciones de servicio público a la ciudadanía se realicen en condiciones de seguridad.

Como todo protocolo, es un procedimiento abierto a implementar en el tiempo y en función de las circunstancias, que desglosa un marco general de medidas referidas a organización del trabajo y prestación de servicios; naturaleza de actividades y escenarios; estrategia de incorporación; procedimiento de actuación ante trabajadores sensibles o detección de un contagio; previsiones para procesos selectivos e impartición de acciones formativas. Las medidas contempladas deben adaptarse y desarrollarse con las actuaciones que, atendiendo a las circunstancias y peculiaridades de cada sector o tipo de actividad, se puedan implementar por parte de los responsables de personal de cada consejería, organismo o ente, combinando criterios homogéneos y necesidades particulares, bajo la normativa de la autoridad sanitaria y previa participación y consulta de los correspondientes Comités de Seguridad y Salud o, en su defecto, de los Órganos de negociación o de las Juntas de personal y los Comités de Empresa respectivos. 

CSIT UNIÓN PROFESIONAL destaca la premisa principal de facilitar y fomentar el Teletrabajo hasta que finalice la Fase III del Plan para la transición a la nueva normalidad. A este respecto, recordamos que, como ya os informamos, negociaremos un protocolo específico de Teletrabajo que trascienda el hecho circunstancial de la pandemia. Además y para favorecerlo, se priorizará la atención al público por teléfono o por medios telemáticos, relegando la atención presencial bajo cita previa obligatoria. En línea con las medidas de protección individual y colectiva que garantizan la seguridad y salud, el documento recoge el mantenimiento de medidas de conciliación (por ascendientes, hijos a cargo o dependientes) y la protección especial para el personal vulnerable o sensible que, con carácter general, se incorporará al final de la Fase III.

    La Comisión de Seguimiento vigilará el cumplimiento general e interpretará el contenido del documento cuando así se requiera y sin perjuicio de las facultades de actuación atribuidas a los órganos administrativos, Comités de Seguridad y Salud, Juntas de Personal y Comités de Empresa en los diferentes ámbitos. Aquí puedes descargarte la Resolución con el Procedimiento.

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